Buscar por Tribunal Juzgado de Menores Nº 1
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Fecha | Título | Resumen |
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21-dic-2017 | HC – SPF. Trabajo y previsional (causa Nº 23527) | Un grupo de personas detenidas percibía beneficios previsionales. Ante la solicitud de alta laboral, el Servicio Penitenciario Federal les exigió optar entre la eventual remuneración o el cobro de los beneficios. Para decidir de ese modo, el ENCOPE consideró que regía el sistema de incompatibilidades propio de las relaciones del empleo público (artículo 5, inciso f, de la ley Nº 25.164). En este escenario, la Defensoría General de la Nación interpuso una acción de habeas corpus colectivo. Entre sus argumentos, sostuvo que las relaciones laborales entre el ENCOPE y las personas detenidas eran de naturaleza privada, por lo que debía aplicarse el régimen de compatibilidades para el empleo privado (artículo 34 de la ley N° 24.241 de jubilaciones y pensiones). El juzgado rechazó la acción. Por tal razón, se interpuso un recurso de apelación. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional revocó la decisión impugnada y consideró que el accionar del ENCOPE constituía un agravamiento de las condiciones de detención. Vueltas las actuaciones al juzgado, se llevó a cabo la audiencia prevista en el procedimiento de habeas corpus. |
18-jul-2019 | Fennema (Causa Nº47217) | Una mujer denunció el hurto de su motocicleta. Dos meses más tarde, en el marco de un control vehicular, un joven fue detenido por circular con esa motocicleta. Por ese hecho, fue procesado por el delito de encubrimiento. Entonces, la defensa realizó un acuerdo con la damnificada a partir del cual se comprometió a abonar el costo del vehículo. Además, la damnificada manifestó su conformidad con la extinción de la acción penal. Luego, la defensa del joven solicitó la homologación del acuerdo y su sobreseimiento. La fiscalía se expidió en favor del planteo. En consecuencia, se celebró una audiencia en la que el imputado entregó el dinero que fue recibido por la damnificada. |
7-oct-2019 | BV(Causa Nº 12692) | El 29/8/2017 una joven realizó tres llamados consecutivos al 911 para alertar acerca de una bomba en una escuela. Personal policial realizó un procedimiento de seguridad que dio resultado negativo. Por ese hecho, fue imputada y procesada por el delito de intimidación pública. Además, la joven registraba un procesamiento anterior por haber realizado una llamada de iguales características respecto de la misma escuela el 8/8/2017. En el marco de la primer causa judicial, la joven había suscripto un acuerdo conciliatorio de reparación integral con el rector del establecimiento. Luego, la joven acreditó ante el Juzgado Nacional de Menores N° 6 el cumplimiento de su compromiso. La fiscalía requirió que los hechos del 29/8/2017 se contemplaran en el acuerdo conciliatorio realizado en la causa judicial anterior. Consideró, entre otras cuestiones, que los hechos investigados eran idénticos a los de la primera causa y que habían sido realizados por la misma persona y en la misma época. Además, valoró que la imputada ya había cumplido el compromiso asumido en esa oportunidad. La defensa de la joven adhirió a la solución propuesta por la fiscalía y solicitó su sobreseimiento. |