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1-mar-2017B, JMUna persona fue imputada de acuerdo al procedimiento de flagrancia (ley Nº 27.272, modificatoria del CPPN). El damnificado no se presentó a la audiencia inicial del artículo 353 ter, pese a que había manifestado a la policía su voluntad de hacerlo. Tampoco existía constancia de que se lo hubiera notificado suficientemente de aquél acto. Durante la audiencia, la defensa solicitó la suspensión del juicio a prueba y la excarcelación bajo caución juratoria. La fiscalía no opuso objeciones. El juez rechazó el pedido de probation y concedió la excarcelación bajo caución real de mil pesos. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de apelación.
26-dic-2016S, PRUna persona había sido imputada por el delito de robo en grado de tentativa. La causa se sustanció de acuerdo al procedimiento de flagrancia (ley 22.272, modificatoria del CPPN). Durante la audiencia de clausura, prevista en el art. 353 quinquies, la defensa solicitó la suspensión del juicio a prueba. Por su parte, el representante del Ministerio Público Fiscal requirió la elevación a juicio sin manifestar su oposición a lo solicitado por la defensa. La víctima no fue citada ni convocada a participar en la audiencia. El Juzgado de Instrucción rechazó el pedido de probation. Fundó su decisión en que el máximo de la escala prevista para el delito imputado superaba la establecida para la concesión del instituto. Contra la resolución, la defensa interpuso recurso de apelación.