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FechaTítuloResumen
28-may-2020Caicedo Lobo (reg. N° 1125 y causa N° 93243)Un hombre de nacionalidad venezolana integraba una asociación que seguía a personas que arribaban al aeropuerto de Ezeiza hasta su lugar de alojamiento para robarles. Por esos hechos fue detenido e imputado por el delito de asociación ilícita en concurso real con robo agravado por el uso de armas cuya aptitud para el disparo no se tuvo por acreditado y por haber sido cometido en poblado y en banda. En particular, se le atribuyó haber aportado un automóvil a la organización. Al momento de su detención, se identificó de modo correcto, no registraba antecedentes penales y su situación migratoria estaba regularizada. La defensa solicitó que se le concediera la excarcelación. Entre otras cuestiones, planteó que, en caso de ser condenado, la pena podía ser dejada en suspenso. Además, sostuvo que tenía un núcleo familiar consolidado en el país, conformado por su concubina y su hija recién nacida. El juzgado rechazó el pedido. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de apelación. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional confirmó la resolución. Para decidir de esa manera explicó que si bien la calificación permitía una pena en suspenso, se habían acumulado otras causas que investigaban sucesos similares y procuraban la detención de personas prófugas, quienes habían ingresado al país sin haber sido registradas por la Dirección Nacional de Migraciones, por lo que contaban con facilidad para abandonar el territorio o permanecer ocultas. Por otra parte expuso que, en caso de ser condenado, podría ser expulsado en virtud del artículo 62 de la ley N° 25.871. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.

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