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FechaTítuloResumen
16-mar-2017PPN. Internos U4 SPFEn la Unidad Penitenciaria Nº 4 de la ciudad de Santa Rosa se habían reducido las horas en los talleres de trabajo y, por ende, los salarios. A su vez, se detectaron defectos en el registro de la cantidad de horas trabajadas, se rechazó la recepción de certificados médicos y no se liquidaron las horas no trabajadas por enfermedad. Un grupo de personas detenidas en esa unidad interpuso una acción de habeas corpus. El Juzgado Federal de Santa Rosa, La Pampa, hizo lugar a la acción. La Direccional Nacional del Servicio Penitenciario de la Nación recurrió esa decisión. Entre sus argumentos, sostuvo que a través del dictamen 129/16 del ENCOPE se estableció que las personas detenidas debían recibir, en concepto de salario, las horas efectivamente trabajadas. Luego de que la Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca confirmara la resolución, se interpuso un recurso de casación.
20-sep-2016Hábeas corpus – detenidos UR III Pabellón 4 CPF II (Marcos Paz)Una persona detenida en la Unidad Residencial III, Pabellón 4, del Complejo Penitenciario Federal II, presentó un habeas corpus en representación de los integrantes del pabellón en el que se encontraba. En su presentación explicó las deficiencias edilicias del lugar de detención, que no eran afectados a actividades laborales y que tenían problemas relativos al acceso a la educación. El Juzgado Federal entendió que el acto lesivo no subsistía debido a que el accionante había recuperado la libertad. A su vez, consideró que la situación que motivó la acción había variado a lo largo del proceso ya que, según informó el Servicio Penitenciario Federal, se emprendieron los pasos administrativos para la readecuación de las instalaciones. De ese modo, rechazó la acción de habeas corpus. La Procuración Penitenciaria y la Defensoría Pública apelaron el rechazo de la acción. La Sala II de la Cámara Federal de San Martín confirmó la resolución. No obstante, dispuso que el juez de primera instancia controlara efectivamente el cumplimiento de las medidas dispuestas en el centro penitenciario. Ante esa decisión, y dada la persistencia de la situación originariamente descripta, se dedujo un recurso de casación que, declarado inadmisible, dio lugar a la interposición de un recurso de queja.