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Fecha | Título | Resumen |
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18-ago-2016 | VIR c. OSPJN | El progenitor de un niño con discapacidad, en su representación, demandó a la Obra Social del Poder Judicial de la Nación la cobertura de un tratamiento interdisciplinario y el transporte a los centros asistenciales donde pueda recibir esos servicios. El juzgado de primera instancia hizo lugar a las prestaciones solicitadas por el actor hasta los valores máximos establecidos en el Nomenclador de Prestaciones Básicas para Personas con Discapacidad (resolución Nº 1512/2013 del Ministerio de Salud) más el 50% por zona desfavorable en aquellos casos en los que el valor facturado exceda esos máximos. La Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia modificó parcialmente la sentencia de primera instancia y condenó a la obra social a abonar la totalidad de la cobertura médica requerida por el niño, incluyendo las prácticas educativas y asistenciales y los gastos de las derivaciones médicas. La parte demandada interpuso recurso extraordinario federal. |