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FechaTítuloResumen
26-dic-2018DO (causa N° 6286)Un joven llamó al 911 y manifestó que había puesto una bomba en un colegio. Personal policial se acercó al establecimiento y lo evacuó. La inspección en búsqueda del artefacto dio resultado negativo. Por tal razón, fue imputado y procesado por el delito de intimidación pública. Entonces, suscribió un acuerdo conciliatorio. El imputado ofreció disculpas y se comprometió a dar testimonio de la experiencia del hecho a sus compañeros. El representante del colegio aceptó la propuesta y sostuvo que el conflicto había sido superado y reparado de manera satisfactoria. Además, señaló que no le interesaba continuar con el trámite del proceso. El Ministerio Público Fiscal se expidió de manera favorable al acuerdo. El juzgado homologó el acuerdo y supeditó la extinción de la acción penal y sobreseimiento del imputado al cumplimiento del testimonio. Dos meses después, el colegio remitió informes que daban cuenta de un taller que había realizado el joven, al que habían asistido sus compañeros, representantes del consejo de profesores y delegados del centro estudiantes y de cada curso. Asimismo, se indicó que había registrado asistencia perfecta, que había efectuado tareas de colaboración administrativa fuera del horario escolar y que había rendido asignaturas que tenía pendientes de aprobación.
4-oct-2018CS (causa N° 7688)Un joven de diecisiete años llamó al 911 y dio aviso sobre la presencia de una bomba en una escuela. Personal policial se acercó al establecimiento y determinó que la información era falsa. Por tal razón, fue imputado y procesado por el delito de intimidación pública. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional confirmó la resolución. Entonces, suscribió un acuerdo conciliatorio con la colaboración del Programa de Resolución Alternativa e Conflictos (Ministerio Público de la Defensa). El imputado ofreció disculpas, manifestó que había explicado a sus compañeros la experiencia del hecho y se comprometió a continuar haciéndolo. El vicerrector del colegio aceptó las disculpas y sostuvo que el conflicto había sido superado y reparado de manera satisfactoria. Además, señaló que no le interesaba continuar con el trámite del proceso. El Ministerio Público Fiscal se expidió de manera favorable.
8-may-2018LEI (causa N° 77761)Dos jóvenes consumieron comidas y bebidas en un restaurante por el valor de $1500. Cuando se les entregó la cuenta, manifestaron que no poseían dinero. Uno de ellos, menor de edad, fue procesado por el delito de defraudación. Junto a su defensa, la fiscalía y el representante del comercio, el joven suscribió un acuerdo de conciliación. Allí, pactó el reintegro de la suma de dinero en concepto de reparación integral del daño causado. En esa línea, la defensa solicitó que, en caso de homologarse el acuerdo, se dictase el sobreseimiento de su asistido, en los términos del artículo 59, inciso 6° del Código penal.