Buscar


Filtros actuales:
Comenzar nueva busqueda
Añadir filtros:

Usa los filtros para afinar la busqueda.


Resultados 1-2 de 2.
  • Anterior
  • 1
  • Siguiente
Resultados por ítem:
FechaTítuloResumen
3-sep-2019Gianoto (causa Nº 18493)Una persona se encontraba detenida en la Unidad Nº 6 del Servicio Penitenciario Federal. Durante tres meses estuvo internada en el Hospital Muñiz e imposibilitada de realizar tareas laborales por enfermedad. Entonces, el ENCOPE no le liquidó las remuneraciones correspondientes a ese período. Para decidir de esa manera, sostuvo que su desempeño laboral era por jornal y que solo se liquidaban las horas efectivamente trabajadas. La defensa solicitó al juzgado de ejecución que se hiciera efectiva la liquidación.
26-feb-2019Hurtado Suarez (Causa Nº 80199)Una persona detenida se encontraba afectada a tareas laborales en su lugar de alojamiento. A partir de una enfermedad, tuvo que ser internada por dieciocho días, imposibilitándola de presentarse a trabajar. El mes posterior a la internación, al momento de recibir el peculio, la persona advirtió que el ENCOPE le había descontado los días en los que había estado hospitalizada. Este descuento implicaba cerca de la mitad de su remuneración mensual habitual. Contra esta decisión, la persona interpuso una acción de habeas corpus correctivo. El Juzgado de primera instancia entendió que la reducción en la mitad de su remuneración por una enfermedad justificada implicaba un agravamiento de las condiciones de detención. Entonces, ordenó al ENCOPE que abone el peculio por el monto dinerario correspondiente a los días que estuvo internado. Contra esta decisión, la parte vencida interpuso un recurso de apelación. La Sala VI de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional revocó la resolución del Juzgado de primera instancia. Consideró que la falta de pago de las inasistencias por enfermedades inculpables no constituía un agravamiento en las condiciones de su detención. Además, refirió que la naturaleza de las relaciones laborales de las personas detenidas responde al objetivo de la resocialicialización y que por lo tanto no es equiparable a la de los trabajadores en relación de dependencia. Contra esa decisión, la defensa de la persona presentó un recurso de casación.