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FechaTítuloResumen
15-may-2018TEA (causa Nº 25307)Tres personas fueron imputadas por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. Al momento de los hechos, una de ellas tenía diecisiete años. Por tal razón, el juzgado llevó a cabo una audiencia de conocimiento junto a su progenitora. En la etapa de juicio, alcanzó la mayoría de edad y suscribió un acuerdo de juicio abreviado. La fiscalía solicitó que se declarara la responsabilidad penal del joven y se lo eximiera de pena, en los términos del artículo 4 de la ley N° 22.278.
29-ago-2017AMN (causa N° 52908)Diversas personas fueron investigadas por haber integrado una asociación ilícita. En particular, se les imputó la comisión de los delitos de secuestro extorsivo, robo y tenencia ilegítima de armas. Al momento de los hechos, uno de los imputados tenía diecisiete años. Por tal razón, fue internado en un instituto de menores. Allí, mantuvo buena conducta y realizó actividades educativas y sociales. Al cumplir dieciocho años, fue trasladado a otro centro y cesó su disposición tutelar. Durante el juicio oral, la fiscalía entendió que correspondía declarar la responsabilidad penal del joven y reducir el monto de su pena (cfr. artículo 4 de la ley N° 22.278). En ese sentido, solicitó que se le impusiera una pena de 5 años de prisión. Por su parte, la defensa consideró que su asistido había cumplido con el tratamiento tutelar y que, en consecuencia, la aplicación de una pena, en su caso, carecería de sentido. La asesora de menores adhirió a dichos argumentos, y solicitó la absolución del imputado.
17-jul-2017OCIL (causa N° 71003040)OCIL, de nacionalidad boliviana y menor de edad, fue imputada por el delito de tenencia simple de estupefacientes en concurso real con el de adulteración de documento público destinado a acreditar la identidad de las personas. Por esa razón, se dispuso su prisión preventiva. Ningún tratamiento tutelar fue ordenado a su respecto. Posteriormente, suscribió un acuerdo de juicio abreviado por el que la fiscalía solicitó que se declarara su responsabilidad penal y se la eximiera de pena. La defensa y la asesora de menores adhirieron a la propuesta. Durante la audiencia celebrada en los términos del artículo 431 del Código Procesal Penal de la Nación, la joven manifestó que era madre soltera de tres niños, que no había finalizado sus estudios primarios y que trabajaba en un comercio de indumentaria.