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FechaTítuloResumen
20-sep-2015Suris (causa N° 106)Una dependencia policial de la ciudad de Bahía Blanca se encontraba a cargo de las escuchas de una intervención telefónica ordenada por un juzgado federal de Viedma. En la causa se investigaba una organización que comercializaba estupefacientes. En ese marco, se detecta-ron conversaciones sobre un grupo de personas de Bahía Blanca, lo que fue comunicado a esa localidad. La fiscalía bahiense requirió la instrucción del expediente y dispuso la realización de tareas de investigación. La policía tomó fotografías e informó que una de las personas sería “el cerebro” de la banda. Sobre la base de dichas consideraciones, el juzgado dispuso la intervención de tres líneas telefónicas por el plazo de sesenta días. La resolución indicó que se dirigía a determinar la existencia de infracciones a la Ley de Estupefacientes y, en particular, al comercio de droga “a gran escala”. Luego, dispuso en dos oportunidades la prórroga de la medida por noventa días. Finalizada la investigación, once personas fueron imputadas por el delito de comercialización de estupefacientes agravado por la concurrencia organizada de tres o más personas. Durante la audiencia de debate, dos agentes declararon que las escuchas eran siempre retiradas y transcriptas por personal policial. Además, entre las conversaciones intervenidas se hallaban conversaciones de las personas con sus abogados. En su alegato, las defensas sostuvieron la ajenidad de sus asistidos en los hechos y consideraron que las resoluciones que habían dispuesto las intervenciones telefónicas eran nulas por carecer de motivación. En ese sentido, se postuló la absolución de los asistidos.