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29-oct-2015PG, CUna persona había sido imputada por el delito de defraudación por el uso de una tarjeta de crédito extraviada. La defensa solicitó la suspensión del juicio a prueba. Durante la audiencia, el fiscal se expidió de manera favorable a su concesión. Sin embargo, el tribunal oral rechazó el pedido. Contra dicha resolución, la defensa interpuso un recurso de casación.
6-oct-2015N, CSEn 2009, un tribunal le concedió a una persona la suspensión del juicio a prueba por el término de un año. En 2011, la municipalidad de San Miguel informó que el probado no había cumplido las tareas comunitarias que se le asignaron. El tribunal requirió informes al juzgado de ejecución penal en repetidas oportunidades. En 2013, el juzgado respondió que se había extraviado el legajo de supervisión. A su vez, de un certificado de reincidencia surgió que el imputado había sido condenado en 2013 por otro delito, cometido presuntamente en 2010, y que la sentencia se encontraba recurrida ante la CSJN. A la luz de eso, el tribunal revocó la probation. La decisión fue recurrida por la defensa.
8-jul-2015S, CJEl tribunal le había concedido la suspensión de juicio a prueba a una persona por el término de un año. Una vez vencido el plazo de control, el juzgado de ejecución penal no pudo notificar al probado de esa circunstancia. Por tal razón, remitió las actuaciones al tribunal de juicio, que lo declaró rebelde y le revocó la probation. La resolución fue dictada sin realizarse, de manera previa, la audiencia prevista en el artículo 515 del Código Procesal Penal de la Nación. Por ese motivo, la defensa interpuso un recurso de casación.
9-mar-2015P, HFUna persona había sido imputada por hechos constitutivos de violencia de género. La defensa solicitó la suspensión del juicio a prueba. Durante la audiencia, el fiscal se pronunció a favor a la aplicación del régimen. Para opinar de ese modo, sostuvo que la fundamentación de la inaplicabilidad de la probation a los casos de violencia de género era la protección de la familia y, en este caso, la damnificada no había vuelto a tener contacto con el imputado y éste tampoco había violado la prohibición de acercamiento que se le impuso. Sin embargo, el tribunal rechazó el pedido. Para tomar esta decisión, se sostuvo que resultaba aplicable la doctrina del caso “Góngora” (Expte. G. 61. XLVIII, del 23/4/2013) de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Contra esa resolución, la defensa interpuso recurso de casación.