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Fecha | Título | Resumen |
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16-may-2018 | APA (causa Nº 1972931) | Dos hombres deseaban tener un hijo. Entonces, recurrieron a Técnicas de Reproducción Humana Asistida (TRHA) con material genético de uno de ellos y de una donante y llevaron adelante una gestación por sustitución. Cuando nació el niño, iniciaron una acción y solicitaron –como medida cautelar autosatisfactiva– la inscripción de copaternidad del niño. A tal efecto, acompañaron el consentimiento informado de todas las partes y una prueba de ADN de la que surgía que la persona gestante no aportó material genético. Asimismo, requirieron que se declarara la inconstitucionalidad del artículo 562 del Código Civil y Comercial que establecía que “[l]os nacidos por las técnicas de reproducción humana asistida son hijos de quien dio a luz y del hombre o de la mujer que también ha prestado su consentimiento previo, informado y libre…”. |
27-may-2016 | SGG (causa Nº 26) | Un matrimonio de dos hombres se anotó en 2011 en el Registro Único Provincial de Aspirantes a Guarda Adoptiva y, posteriormente, renovaron su inscripción. Luego de varios años de espera sin ser convocados, asistieron a una clínica en la Ciudad de Buenos Aires y decidieron realizar una gestación por sustitución que se llevó adelante con material genético de uno de los miembros de la pareja y de una donante. Producido el nacimiento, los actores iniciaron una acción con el objeto de que se rectificara el acta de nacimiento, se desplazara la filiación extramatrimonial de la mujer gestante y emplazara al niño como hijo del matrimonio. |
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