Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem:
https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/handle/123456789/6526| Título : | Cuello Correa (causa N° 35347) |
| Fecha: | 12-jun-2026 |
| Resumen : | Un hombre había sido imputado por el delito de abuso sexual agravado por haber sido cometido con acceso carnal. Durante los alegatos de clausura, el representante del Ministerio Público Fiscal postuló la absolución por aplicación del principio in dubio pro reo. Sin embargo, la querella sostuvo la acusación y solicitó una condena a ocho años de prisión. El tribunal oral absolvió al imputado. Para así decidir, sostuvo que de los elementos de prueba presentados durante el juicio surgía un estado de duda razonable que, por aplicación del principio invocado por el Ministerio Público Fiscal, imponía esa resolución. Contra esa decisión, la querella presentó un recurso de casación. Entre sus argumentos, sostuvo que la valoración probatoria efectuada por el tribunal había sido arbitraria. |
| Decisión: | La Sala III de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional, por mayoría, declaró inadmisible la impugnación interpuesta por la querella (Jueces Bruzzone y Jantus). |
| Argumentos: | 1. Recurso de casación. Sentencia condenatoria. Querella. Fundamento del recurso. In dubio pro reo. “[L]a facultad recursiva reconocida a la acusación no puede ser equiparada al derecho a la revisión de una condena que se le reconoce al imputado, lo que ha sido desarrollado con extrema claridad por nuestra Corte Suprema de Justicia de la Nación en los casos ‘Giroldi’, ‘Duarte’, y ‘Arce’, entre muchos otros. De allí que el derecho legal al recurso que se le concede a la acusación, regido estrictamente por las previsiones de los arts. 456, 458 y 460, CPPN, al margen de superar las limitaciones objetivas allí previstas, debe también sustanciar, de manera precisa y clara, alguno de los motivos propios de casación (incs. 1° y 2°, art. 456, CPPN), o bien demostrar la existencia de cuestión federal suficiente que habilite la intervención de esta alzada, conforme la doctrina emanada del fallo ‘Di Nunzio’. Entonces, por las características limitadas que presenta su capacidad recursiva, la fiscalía y la querella corren con la carga de demostrar cuál es la naturaleza del error o inobservancia de la ley aplicable, de refutar los motivos brindados y, eventualmente, precisar cuál es la materia federal involucrada y cuál es la relación directa existente entre ella y la solución que se pretende”. “[A]nalizados los extremos del caso, […] la acusación, en este caso, no demuestra ni supera el nivel de disconformidad con lo decidido, sin perjuicio de presentarlo como un caso de arbitrariedad, al no lograr evidenciar cuál sería el vicio lógico o contrario a las reglas de la sana crítica que habría orientado el razonamiento del tribunal para concluir con la absolución del imputado”. “Así las cosas, […] el déficit probatorio señalado en la sentencia para concluir que, por imperio del principio de la duda (art. 3, CPPN), se debía absolver al imputado, como surge de lo expuesto, se encuentra debidamente fundado y no se ve rebatido para llegar a considerarlo un acto arbitrario, porque la discrepancia en la forma en que fueron valorados los elementos de prueba, no constituye un argumento de peso para modificar la decisión de los jueces que, de manera directa, tuvieron su valoración y ponderación a cargo”. |
| Tribunal : | Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional, Sala II |
| Juez/a: | Gustavo Alfredo Bruzzone Pablo Jantus Alberto José Huarte Petite |
| Voces: | FUNDAMENTO DEL RECURSO IN DUBIO PRO REO QUERELLA RECURSO DE CASACIÓN SENTENCIA CONDENATORIA |
| Aparece en las colecciones: | Jurisprudencia nacional |
Ficheros en este ítem:
| Fichero | Descripción | Tamaño | Formato | |
|---|---|---|---|---|
| Cuello Correa (causa N° 35347).pdf | Sentencia completa | 279.42 kB | Adobe PDF | Visualizar/Abrir |
