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FechaTítuloResumen
14-mar-2017Ilias y Ahmed v. HungriaDos personas de Bangladesh emigraron de su país. Una había perdido a toda su familia debido a las graves inundaciones ocurridas allí. La otra había sido perseguida y lesionada por negarse a afiliarse a ciertos partidos políticos. Ambas transitaron por diversos países hasta ingresar al territorio de la Unión Europea, a través de Grecia. Desde allí arribaron a la ciudad húngara de Rozske, situada en la frontera con Serbia. El mismo día de su llegada, solicitaron asilo en Hungría. Sin embargo, la autoridad de inmigración y ciudadanía húngara rechazó el requerimiento y ordenó la salida de los peticionarios ese país. En oportunidad de recurrir la expulsión, los peticionarios argumentaron que se los exponía a situaciones de trato inhumano y degradantes resultantes del riesgo de la “devolución en cadena”. Además, adujeron que las autoridades húngaras les exigían pruebas cuya obtención resultaba abrumadora e ilusoria, dada la dificultad que tenían para reunirse con sus abogados. No obstante, la decisión fue confirmada por los tribunales locales y las víctimas debieron abandonar la zona de tránsito y trasladarse a Serbia. Durante la sustanciación del procedimiento, los peticionarios fueron encerrados por veintitrés días en un área de unos 110 metros cuadrados, rodeada de cercas y custodiada por agentes de seguridad. No tuvieron acceso a asistencia legal, social o médica ni a medios de comunicación. Ambos eran analfabetos. A uno de ellos la información sobre procedimientos de asilo le fue transmitida a través de un folleto escrito en un idioma que no entendía y participó en una entrevista con el gobierno que fue llevada a cabo en la misma lengua. Ambos fueron diagnosticados con diversos problemas psicológicos, los cuales podían verse agravados debido al encierro en la zona de tránsito.
17-jul-2014Kim v. RusiaEl peticionario había quedado sin nacionalidad luego de la caída de la URSS. Al ser detenido por la policía rusa para averiguar su identidad, no pudo acreditarla con ningún documento. Por lo tanto, se lo consideró como culpable de una ofensa administrativa, se lo multó y se ordenó su expulsión. Estando pendiente esta última, el peticionario fue detenido en una prisión para extranjeros cuya capacidad era de 176 personas pero alojaba entre 300 y 400. En las celdas, de entre 10 y 18 m2 y compartidas por siete personas en general, no contaba con agua para beber, había un baño por piso para aproximadamente 40 personas, la higiene era inadecuada, y el ejercicio fuera de la celda era escaso y de poca duración. Luego de dos años el peticionario fue liberado por haber expirado el tiempo límite para la ejecución de la medida de expulsión.