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Título : Arévalo, Martín Salomón
Fecha: 27-may-2014
Resumen : El Tribunal Oral de Menores N° 3 de la ciudad de Buenos Aires condenó a una persona y le impuso la pena de siete años de prisión. A su vez, unificó esa pena con la de nueve años y nueve meses de prisión y lo declaró reincidente en los términos del artículo 50 del Código Penal. Contra esa decisión se interpuso recurso de casación e inconstitucionalidad. La sala III de la Cámara Nacional de Casación Penal rechazó por mayoría el recurso. Contra ese pronunciamiento se interpuso recurso extraordinario federal. El recurso fue denegado, motivo por el que se dedujo recurso de queja.
Argumentos: La Corte Suprema de Justicia de la Nación desestimó la queja por aplicación del art. 280 CPCCN. En torno a la reincidencia sostuvo que resultaba aplicable la doctrina sentada en los fallos Gómez Dávalos (fallos 308:1938), L´eveque (fallos 311:1451) y Gramajo (fallos 329:3680). De tal modo, se pronunció en favor de la constitucionalidad del instituto.
Tribunal : Corte Suprema de Justicia de la Nación
Voces: REINCIDENCIA
CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD
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