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Título : Evrezov v. Bielorrusia
Fecha: 17-ago-2015
Resumen : A mediados de agosto de 2007, el peticionario presentó una solicitud al Comité Ejecutivo de Distrito de la ciudad de Zhlobin para formar un piquete, días más tarde, junto a otros ciudadanos. Todo ello con el fin de protestar contra el encarcelamiento por motivos políticos del señor Kozulin, excandidato presidencial. Dicho Comité decidió prohibir el acto, aduciendo que el propósito declarado de la manifestación iba en contra de una sentencia judicial según la cual la pena impuesta al señor Kozulin no guardaba relación con sus opiniones políticas. Dicha decisión fue recurrida ante el Tribunal de Distrito, la cual fue desestimada un par de meses más tarde. El tribunal señaló que la negativa a autorizar el piquete era legal y estaba justificada. El peticionario recurrió en casación, aunque se confirmó la decisión adoptada en primera instancia y no se dio lugar al recurso.
Argumentos: El Comité de Derechos Humanos dictaminó que Bielorrusia violó el artículo 21 (derecho de reunión pacífica) del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, leídos por separado y conjuntamente con el artículo 2, párrafo 3. Para llegar a tal conclusión, el Comité consideró que “…el derecho de reunión pacífica, que se encuentra garantizado en el artículo 21 del Pacto, es un derecho humano fundamental, esencial para la expresión pública de opiniones y puntos de vista e indispensable en una sociedad democrática”. Afirmó que “[e]ste derecho conlleva la posibilidad de organizar reuniones pacíficas y participar en ellas, incluido el derecho a organizar concentraciones (como un piquete) en un lugar público. Por regla general, los organizadores de una reunión tienen derecho a elegir el objetivo de la manifestación y no cabe restricción alguna de este derecho, a menos que: a) se imponga de conformidad con la ley y b) sea necesaria en una sociedad democrática, en interés de la seguridad nacional, de la seguridad pública o del orden público, o para proteger la salud o la moral públicas o los derechos y libertades de los demás”. El Comité afirmó que “[c]uando un Estado parte impone restricciones para conciliar el derecho de reunión de una persona y las mencionadas cuestiones de interés general, debe guiarse por el objetivo de facilitar el derecho y no imponerle limitaciones innecesarias o desproporcionadas. El Estado parte tiene la obligación de justificar la limitación de un derecho protegido por el artículo 21 del Pacto” (cfr. párr. 7.4). De esta manera, el Comité completó su argumentación al indicar que era injustificada “…la decisión de las autoridades […] que negó al peticionario el derecho a reunirse pacíficamente con otras personas, con la finalidad que estimaba oportuna[. El] hecho de que el Tribunal haya rechazado los motivos aducidos no impide hacerlos valer en ejercicio de los derechos que le reconoce el Pacto”. El Comité explicó, asimismo, que “…en las respuestas dadas al peticionario, las autoridades nacionales nunca demostraron cómo un piquete organizado con el fin de protestar contra el encarcelamiento de un personaje político y excandidato presidencial pondría en serio peligro la seguridad nacional, la seguridad pública, el orden público o la protección de la salud o la moral públicas o los derechos y libertades de los demás. El Comité observa que la prohibición de la reunión –bajo pretexto de que el objetivo de la manifestación contraviene la sentencia contra el Sr. Kozulin según la cual su condena no guarda relación con sus opiniones políticas–, limita indebidamente el derecho del peticionario a la libertad de reunión” (cfr. párr. 7.5).
Tribunal : Comité de Derechos Humanos - CCPR
Voces: DERECHO DE REUNIÓN
PIQUETES
PROTESTA
Jurisprudencia relacionada: https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/simple-search?query=Alekseev v. Rusia
https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/simple-search?query=Sekerko v. Bielorrusia
https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/handle/123456789/4834
Link de descarga: https://repositorio.mpd.gov.ar/documentos/Evrezov v. Bielorrusia.pdf
Aparece en las colecciones: Jurisprudencia internacional

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