Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem: https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/handle/123456789/2123
Título : Alekseev v. Rusia
Fecha: 2-dic-2013
Resumen : El peticionario, Nikolai Alekseev, era homosexual y activista pro derechos humanos. De 2006 a 2008 el autor trató, junto con otros activistas, de organizar una serie de reuniones pacíficas (de orgullo gay) en Moscú, pero las autoridades municipales se lo prohibieron en todos los casos. El 11 de julio de 2008, el autor y otros dos activistas solicitaron al prefecto del Distrito Administrativo Central de Moscú autorización para celebrar una manifestación estacionaria, un piquete, frente a la Embajada de la República Islámica de Irán en Moscú. El objetivo de la concentración era manifestar inquietud por la ejecución de homosexuales y menores en dicho país y pedir la prohibición de esas ejecuciones. El autor informó a las autoridades del objetivo de la reunión y de la fecha, la hora y el lugar previstos para su celebración. Ese mismo día, el Subprefecto del Distrito Administrativo Central de Moscú denegó la autorización para la celebración del acto, por considerar que el objetivo del piquete provocaría una "reacción negativa en la sociedad" y podría conducir a "alteraciones del orden público por parte de grupos, que podrían entrañar peligro para los participantes". La legislación rusa no permitía imponer prohibiciones generales a la celebración de reuniones pacíficas, siempre que el fin de dichas reuniones se ajustara a los valores constitucionales. El Estado parte sostuvo que la denegación del permiso para celebrar el piquete era necesario en interés de la seguridad pública aunque los argumentos relativos a la seguridad se utilizaron como pretexto para denegar el permiso.
Argumentos: El Comité recuerda que el derecho de reunión pacífica garantizado en el artículo 21 del Pacto es esencial para la expresión pública de las opiniones y los puntos de vista de los individuos, e indispensable en toda sociedad democrática. También recuerda que los Estados partes deben adoptar medidas eficaces de protección contra los ataques destinados a acallar a quienes ejerzan su derecho a la libertad de expresión por medio de reuniones. Solo podrá restringirse el derecho de reunión pacífica si tal restricción: a) es conforme a la ley; y b) resulta necesaria en una sociedad democrática para proteger la seguridad nacional, la seguridad y el orden públicos, la salud o la moral públicas o los derechos y las libertades de terceros. (párr. 9.3) El Comité señala que la libertad de reunión protege a las manifestaciones que promuevan ideas que otras personas pueden considerar molestas u ofensivas y que, en esos casos, los Estados partes tienen la obligación de proteger a quienes participan en ellas en ejercicio de sus derechos de los actos violentos cometidos por terceros. Señala además que la existencia de un peligro general y no especificado de que haya una contramanifestación violenta o la mera posibilidad de que las autoridades no puedan evitar o neutralizar la violencia no bastan para prohibir una manifestación. (párr. 9.6) El Comité de Derechos Humanos, actuando en virtud del artículo 5, párrafo 4, del Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, dictamina que los hechos que tiene ante sí ponen de manifiesto una violación de los derechos que asisten al autor en virtud del artículo 21 del Pacto. (párr. 10) De conformidad con el artículo 2, párrafo 3 a), del Pacto, el Estado parte tiene la obligación de proporcionar al autor un recurso efectivo, que incluya una indemnización adecuada y el reembolso de las costas procesales en que hubiera incurrido. El Estado parte también tiene la obligación de adoptar medidas para evitar que se cometan vulneraciones semejantes en el futuro. (párr. 11)
Tribunal : Comité de Derechos Humanos - CCPR
Voces: PIQUETES
LIBERTAD DE EXPRESIÓN
DERECHO DE REUNIÓN
Jurisprudencia relacionada: https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/handle/123456789/4834
Link de descarga: https://repositorio.mpd.gov.ar/documentos/Alekseev v. Rusia.pdf
Aparece en las colecciones: Jurisprudencia internacional

Ficheros en este ítem:
No hay ficheros asociados a este ítem.