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Fecha | Título | Resumen |
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24-ago-2015 | Sueldo, Luis | El Juzgado Correccional resolvió no aceptar el ofrecimiento del pago voluntario del mínimo de la multa prevista en el artículo 281, último párrafo, del Código Penal. Ello pues, a su entender, la causal de extinción de la acción penal incluida en el art. 64 CP solo admite el pago mientras no se haya iniciado el juicio y, en el caso, la causa había sido elevada a juicio oral. Ante esta decisión, la defensa interpuso recurso de casación. |