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25-mar-2022De Jesús (causa N° 15-01-024098-16 y reg. N°2491)Una mujer lesbiana había ido a visitar a su familia. Durante el encuentro, consumió alcohol. Mientras se dirigía a comprar más bebidas, fue interceptada por un grupo de vecinos que la insultó y la golpeó por su orientación sexual. Cayó al suelo por los golpes y escuchó que habían agarrado un palo y le decían “te vamos a hacer mujer”. En ese momento, tomó un cuchillo que tenía escondido en su corpiño y con el brazo izquierdo le dio una puñalada en el pecho a uno de los hombres que la atacaban. De esa manera, le provocó la muerte. Cuando arribó la policía, encontró el cuerpo del hombre tirado en el suelo, a un amigo tapándole la herida con una remera y un cuchillo al lado. Luego, otros vecinos le indicaron que la autora del hecho se encontraba adentro de la casa. Sin embargo, la encontraron tirada debajo de un árbol junto a un grupo de vecinos a su alrededor que querían golpearla. Luego, la trasladaron a la comisaría. Por ese hecho, fue imputada por el delito de homicidio. En la etapa de juicio oral, la mujer reconoció su participación en el hecho. En ese sentido, explicó que había sufrido agresiones físicas y verbales en otras oportunidades debido a su orientación sexual y reconoció que llevaba una cuchilla consigo para protegerse. Así, admitió haber blandido el cuchillo como acto de defensa. Por otro lado, un amigo de la víctima declaró que ese día se encontraba muy alterada porque había discutido con su sobrino y, en el momento en que intentaba calmarla, vio un brazo que pasaba por su hombro derecho y le asestaba dos puñaladas. Entonces, giró la cabeza hacia su derecha y pudo ver a su costado a la imputada. Luego, explicó que su amigo le pegó un golpe de puño en el rostro y ella cayó al suelo. El testigo relató que el hombre se desvaneció, advirtió que brotaba sangre de su pecho, tapó la herida con su remera y lo llevó al hospital. Asimismo, los agentes policiales que intervinieron esa noche narraron que vieron a la imputada muy golpeada, que se notaba que estaba bastante alcoholizada y que lo único que decía era “me pegaron, me pegaron”. Al ser interrogada la médica forense, explicó que la herida que había recibido la víctima había perforado un músculo importante, que había perdido gran cantidad de sangre y que no hubiera podido pegarle a la imputada luego de haber recibido la puñalada. Luego, la psicóloga que asistió a la imputada declaró que la había notado muy angustiada, que insistía en que se había defendido y que no había sido su intención ocasionarle la muerte a la víctima. La licenciada aclaró que, si bien no era perito, el relato le resultaba veraz. Asimismo, los peritos que intervinieron en el caso coincidieron en que la imputada padecía de estrés postraumático consecuencia de su historia vital signada por el maltrato, abusos, discriminación y violencia, tanto verbal como física, basada en su orientación sexual. También, descartaron la mendacidad en su discurso e indicaron que era factible que una circunstancia cualquiera disparara en su psiquis, en estado de alerta de hipervigilancia, angustia y temor de revivir situaciones traumáticas pasadas. Al momento de los alegatos, el representante del Ministerio Público Fiscal sostuvo que la evidencia acreditaba que la imputada había tenido claras intenciones de quitarle la vida a la víctima. Por su parte, la defensa no cuestionó la intervención de su asistida en el hecho, pero afirmó que había actuado en legítima defensa. En ese sentido, explicó que había intentado repeler los golpes que le infringían y evitar la consumación de una agresión sexual correctiva. Por esa razón, solicitó su absolución.
24-abr-2018NBA (causa N° 29554)Una mujer trans vivía con su pareja y sufría violencia de género por parte del hombre. En una oportunidad la encerró en su casa y se fue, luego volvió, consumieron cocaína y una botella de vodka. Comenzaron a discutir, él la insultó y tomó un cuchillo. Entonces, ella lo agarró del brazo, forcejearon, le sacó el arma y se la clavó en el pecho. La mujer salió a pedir ayuda, pero el hombre falleció en el momento. Por ese hecho fue imputada por el delito de homicidio agravado por el vínculo. En la etapa de juicio oral, la mujer declaró que no había tenido una buena convivencia con su pareja. Explicó que el hombre la obligaba a trabajar para pagar el alquiler y comprarle estupefacientes, toda vez que tenía un consumo problemático de drogas. En ese sentido, señaló que si no consumía se volvía muy violento con ella y la agredía. Además, dos testigos contaron que, desde su niñez, la imputada había padecido severos castigos por parte de su padre que no aceptaba su identidad. Agregaron también que había recibido agresiones físicas y psíquicas por parte de sus parejas. Además, una psiquiatra forense explicó que la mujer tenía una mirada idealizada de su pareja, lo que la había llevado a aceptar el maltrato. La Cámara Primera en lo Criminal de General Roca la condenó a la pena de nueve años de prisión por el delito de homicidio agravado por el vínculo con circunstancias extraordinarias de atenuación. Para resolver de esa manera sostuvo que, si bien de las constancias médicas surgía que ambos presentaban cortes producidos con un arma blanca, ante la ausencia de testigos, no podía determinarse que el hombre hubiera comenzado la agresión con el cuchillo. En ese sentido sostuvo que no resultaba creíble la versión de los hechos aportada por la imputada y que no podía probarse la existencia de una agresión ilegítima que la habilitara a defenderse de esa manera. Además, explicó que como la mujer era el sostén económico podría haberse mudado a otro lugar en vez de continuar con el vínculo. Por otra parte, consideró la vulnerabilidad de la mujer trans como atenuante de la pena. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. Entre otras cuestiones, planteó la necesidad de abordar el caso desde una perspectiva de género y criticó que el tribunal hubiese considerado la historia de vida de la mujer solo al aplicar las circunstancias excepcionales de atenuación de la pena y no así en relación con la causal exculpatoria de legítima defensa.