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FechaTítuloResumen
14-feb-2022López (Causa N°5766)En el marco de una investigación de conductas vinculadas a la ley N° 23.737, la fiscalía solicitó una orden de allanamiento. Los agentes policiales asignados a la investigación aclararon que la medida debía realizarse en horario nocturno teniendo en cuenta el momento en el que se desarrollaban las operaciones sospechosas. El juez ordenó la medida y, como resultado, se secuestraron estupefacientes. Por ese hecho, una persona fue imputada y procesada por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. La defensa solicitó la nulidad del allanamiento por haberse materializado en horario nocturno. El juez rechazó el planteo de nulidad. Argumentó que la autorización para allanar la vivienda a partir de las 19:00 horas era correcta porque la investigación llevada adelante antes del allanamiento mostraba que la maniobra de narcomenudeo iniciaba a la tarde y se extendían hasta la noche. Contra esa resolución, la defensa interpuso un recurso de apelación. La Cámara Federal de Apelaciones de General Roca, declaró la nulidad del allanamiento y de todo lo actuado en consecuencia. Contra esta decisión, la fiscalía presentó un recurso de casación.
5-abr-2018LJA (causa Nº 19362)Un individuo fue interceptado por personal policial en la vía pública. Entre sus pertenencias se hallaron 24,5 gramos de cocaína y 3 gramos de marihuana. Por tal razón, fue imputado por el delito de tenencia simple de estupefacientes. En el informe médico practicado al sujeto se concluyó que éste consumía droga con frecuencia y que había intentado abandonar el consumo en reiteradas oportunidades. En la etapa de juicio, el individuo suscribió un acuerdo de juicio abreviado y reconoció ser consumidor. Por su parte, la fiscalía propuso que la calificación legal fuera modificada a tenencia de estupefacientes para consumo personal. Para decidir de ese modo, tuvo en consideración la cantidad de estupefaciente secuestrado, el informe médico y el reconocimiento del imputado de su condición de consumidor. El Tribunal Oral rechazó el acuerdo, por considerar irrazonable la calificación propuesta por la fiscalía en base a la cantidad de droga secuestrada. Contra esta resolución, la defensa interpuso un recurso de casación. Además, durante el término de oficina, solicitó que, en caso de hacerse lugar a la impugnación, se declarara la prescripción de la acción penal por hallarse cumplido el plazo previsto el artículo 62, inciso 2º, del Código Penal.