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8-may-2020MJL (causa N° 16887)MJL se presentó ante la Oficina de Violencia Doméstica (OVD) y solicitó diversas medidas de protección. Relató que su progenitor, DAJ, había sido condenado por el delito de homicidio en grado de tentativa de su madre, M, y que se encontraba próximo a recuperar su libertad. La OVD evaluó con grado “altísimo” el riesgo de MJL y de todo su grupo familiar. Por ese motivo, el juzgado dispuso la prohibición de acercamiento o de cualquier tipo de contacto por el plazo de noventa días. Luego, las medidas fueron prorrogadas por ciento ochenta días. Con posterioridad MJL realizó una nueva presentación en la que relató que el día de su cumpleaños había recibido un mensaje de su padre a través de la aplicación de mensajería WhatsApp. Por lo tanto, solicitó la habilitación de la feria judicial extraordinaria y requirió, frente al desconocimiento del domicilio actual del denunciado, una autorización para notificarlo de las medidas de restricción por intermedio de los abogados de la Defensoría General de la Nación y de la referida herramienta tecnológica. El juzgado rechazó la decisión y sostuvo que se vería afectado el derecho de defensa del denunciado. Contra esa resolución, MJL interpuso un recurso de apelación.