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FechaTítuloResumen
11-ago-2016Barros (reg. Nº 596 y causa Nº 94563)Barros había sido condenado a la pena de veintiún años de prisión y se encontraba en el régimen de confianza con egresos periódicos. En una de las salidas transitorias no se reintegró y fue hallado por las fuerzas de seguridad. Por ese quebrantamiento, se le revocaron las salidas transitorias, se lo recalificó negativamente y fue retrotraído en el régimen progresivo. Luego, alcanzó nuevamente el período de prueba con una conducta ejemplar 10 y concepto muy bueno 7. Cumplido el requisito temporal, la defensa solicitó que se le concediera la libertad condicional. El Consejo Correccional, por unanimidad, propició la incorporación del condenado al régimen peticionado y concluyó que existía un pronóstico positivo de reinserción social. El representante del Ministerio Público Fiscal se opuso a la solicitud. Consideró que la morigeración del encierro debía hacerse de manera paulatina. En esa dirección, el detenido debía acceder por segunda vez a las salidas transitorias y, luego, evaluarse si era posible su acceso a la libertad condicional. El Juzgado de Ejecución Penal rechazó el pedido. Para decidir de esa manera, entendió que el régimen de salidas transitorias se trataba de una etapa preparatoria para la libertad condicional. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.