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https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/handle/123456789/1259
Título : | FRA |
Fecha: | 2-mar-2017 |
Resumen : | Una persona que había sido imputada por el delito de defraudación por administración fraudulenta solicitó la suspensión del juicio a prueba. Durante la audiencia, ofreció la entrega de $15.000 y el cumplimiento de ciertas pautas de conducta. Por su parte, el fiscal prestó su conformidad para la concesión del instituto. Sin embargo, el Tribunal Oral rechazó el pedido. A tal fin, consideró que el monto ofrecido como reparación no se acercaba mínimamente al monto defraudado ni se había probado que el imputado no pudiera afrontar un pago superior. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. |
Argumentos: | La Sala 1 de la CNCCC, por mayoría, anuló la decisión recurrida y reenvió las actuaciones al Tribunal Oral para el dictado de un nuevo pronunciamiento. “La ley no pone como condición para la suspensión del juicio a prueba que la reparación sea integral sino en las medidas de las posibilidades. [T]oda decisión de concesión o de rechazo de suspensión del juicio a prueba debe ser fundada en los términos del art. 123 del CPPN. [El tribunal] debería explicar sobre qué base se entiende que [el imputado] podía ofrecer algo mejor de lo que ofreció” (voto de los jueces García y Garrigós de Rébori). |
Tribunal : | Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional, Sala I |
Voces: | SUSPENSIÓN DEL JUICIO A PRUEBA REPARACIÓN SENTENCIA ARBITRARIA CONSENTIMIENTO FISCAL RAZONABILIDAD |
Link de descarga: | https://repositorio.mpd.gov.ar/documentos/FRA.pdf |
Aparece en las colecciones: | Jurisprudencia nacional |
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