Buscar por Voces TESTIGO DE OÍDAS
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Fecha | Título | Resumen |
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22-may-2025 | Rosas Molina (Causa N 20483) | Un agente penitenciario practicó un allanamiento en una celda de un complejo penitenciario provincial. En ese marco observó a tres internos a los que, según su relato, les impartió la orden de detenerse, pero uno de ellos continuó su marcha y arrojó a un galpón contiguo una bolsa que llevaba consigo. En el lugar se hallaron dentro de la bolsa dos bultos que contenían marihuana compacta y fraccionada. Por estos hechos se formalizó una investigación en contra del hombre por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, agravado por el hecho de haber ocurrido en un establecimiento carcelario, conforme a los artículos 5 inciso c y 11 inciso e de la ley 23.737. La etapa de investigación concluyó con la acusación fiscal y la causa avanzó a juicio oral. En el debate, el tribunal tuvo por probado que el hombre era autor penalmente responsable del delito imputado. Para ello fundó su decisión, entre otras cosas, en el testimonio del suboficial penitenciario a quien consideró el único testigo directo del hecho y participante en el procedimiento. Además, el tribunal sostuvo que el testimonio se vio "robustecido" por las declaraciones de dos penitenciarios más que relataron lo que el suboficial les había transmitido. El tribunal también desestimó un testigo civil ofrecido por la defensa, que declaró haber escuchado al personal penitenciario decir que el paquete hallado provenía de otro procedimiento relacionado con una mujer. De igual modo, descartó el valor probatorio del testimonio de un interno, compañero de pabellón del hombre acusado, con base en la falta de precisión y una "cierta complicidad" entre ellos. Finalmente, el tribunal también valoró en contra del imputado el hecho de que no hubiera prestado “declaración indagatoria” para ofrecer una hipótesis alternativa. Contra esa decisión la Defensa Oficial presentó una impugnación en la que señaló, entre otras cuestiones, que la condena se basó en una arbitraria valoración de la prueba testimonial sin respaldo de otros registros objetivos y que se otorgó credibilidad absoluta al agente penitenciario sin considerar seriamente otros elementos probatorios introducidos. La defensa también señaló que existían dudas relevantes sobre el lugar en el que ocurrieron los hechos y que la valoración del silencio del acusado en su perjuicio contravenía el principio de no autoincriminación. |