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FechaTítuloResumen
23-may-2017RCMUna persona cumplió dos tercios de la pena única de trece años de prisión que se le impuso por promover la corrupción de una persona menor de edad, comprensiva de una pena previa por el mismo delito, agravado por tratarse de un menor de trece años de edad. Asimismo, registraba conducta ejemplar y no había sido declarada reincidente. La defensa solicitó su incorporación al régimen de libertad condicional. El Consejo Correccional del Servicio Penitenciario emitió un informe favorable a su concesión. Por su parte, el Juzgado de Ejecución Penal rechazó la petición. Para decidir de ese modo, sostuvo que el condenado no había cumplido la totalidad de su tratamiento y que, por ese motivo, no se encontraba plenamente preparado para acceder al medio libre. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
5-jul-2017DEAUna persona detenida había solicitado –con base en los arts. 166 y 168 de la ley Nº 24.660– visitar a su madre que, a su vez, cumplía pena bajo la modalidad prisión domiciliaria y padecía esquizofrenia. El Centro de Evolución de Internas Procesadas se pronunció en contra. A tal fin, consideró la inobservancia de los reglamentos que presentaba la solicitante. Por su parte, el representante del Ministerio Público Fiscal también se opuso a la solicitud. En consecuencia, el Tribunal Oral rechazó la petición. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
9-oct-2024Arrua (Causa N° 10437/2016)Un hombre estuvo detenido con prisión preventiva durante 8 años. Finalmente, fue condenado a la pena de 15 años y 6 meses. En consecuencia, requirió ser incorporado al régimen de salidas transitorias. El tribunal interviniente rechazó la solicitud, argumentó que el detenido no había avanzado en las etapas del régimen penitenciario. Además, valoró de manera negativa que no hubiese solicitado la incorporación al Régimen de Ejecución Anticipada Voluntaria de la Pena (REAVP). Contra de esa decisión, la defensa presentó un recurso de casación, y sostuvo que el rechazo se basaba en informes penitenciarios que no contemplaban las circunstancias específicas del detenido. En ese sentido, explicó que su falta de avance en las etapas del régimen penitenciario se debía a la demora del tribunal en dictar la condena, una situación que no le era atribuible a su asistido.