Buscar por Voces PROCURACIÓN PENITENCIARIA DE LA NACIÓN

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FechaTítuloResumen
jun-2017Rechazo de una inspección sorpresiva en instituto de menores, agravamiento ilegítimo de las condiciones de detenciónLos derechos de los niños, niñas y adolescentes deben garantizarse por intermedio de inspecciones (las cuáles pueden ser sorpresivas) de órganos que no pertenezcan a la administración de los centros de detención. En este trabajo se demostrará cómo el hábeas corpus puede ser un remedio idóneo para neutralizar los obstáculos que aparecen frente a los obstáculos que se presentan para la realización de esas inspecciones.
7-nov-2018Di Muro (causa Nº 1168)Un hombre transexual había modificado su documentación personal y había iniciado un tratamiento hormonal conforme al género con el que se sentía identificado. Asimismo, se había efectuado una mastectomía con el objeto de extraer sus glándulas mamarias. Al ser detenido e imputado por el delito de contrabando de estupefacientes, solicitó ser alojado en el Complejo Penitenciario Federal IV de mujeres. Allí fue tratado con términos discriminatorios por parte de sus compañeras y personal del servicio penitenciario, lo que generó reiterados inconvenientes. Por tal razón, fue trasladado a un sector de aislamiento. Su defensa, entonces, solicitó que se le concediera la prisión domiciliaria. A su vez, la Procuración Penitenciaria de la Nación realizó una presentación en carácter de amicus curiae. Entre otras cuestiones, sostuvo que el CPF IV no se encontraba preparado para alojar a un hombre transexual. El juzgado rechazó la solicitud por entender que la situación no encuadraba en ninguno de los supuestos previstos para la concesión del instituto. Contra esa resolución, la defensa interpuso un recurso de apelación. En particular, indicó que la prolongación de su asistido en un establecimiento carcelario constituía una afectación a los derechos de integridad personal, dignidad humana y no sufrir tratos crueles, inhumanos y degradantes.
23-nov-2018Salas (Causa Nº 14055)Una mujer travesti –que no había modificado su DNI– sufría severos problemas de salud. Entre otras cuestiones, presentaba diabetes, obesidad, gastritis y trastornos respiratorios severos. Al ser detenida, sus condiciones de salud se deterioraron, lo que le generó angustia y sensación de muerte inminente. Al ser entrevistada por el Equipo Técnico de la Defensoría General de la Nación, relató que había sufrido malos tratos e insultos relacionados con su identidad de género por parte de los demás detenidos y del servicio penitenciario. Asimismo, manifestó haber sido abusada sexualmente. Además, los médicos del equipo indicaron que la mujer poseía un considerable riesgo cardiovascular. Sobre la base de dichas consideraciones, la defensa solicitó que se le concediera la prisión domiciliaria. De manera subsidiaria, requirió que se le asignara un dispositivo de control electrónico. La Procuración Penitenciaria de la Nación realizó una presentación en carácter de amicus curiae. En particular, hizo hincapié en las enfermedades padecidas por la mujer y destacó la estigmatización y discriminación a la que era sometida en el ámbito penitenciario. En tal sentido, sugirió el otorgamiento de la prisión domiciliaria. Por su parte, los médicos del establecimiento informaron que la mujer se encontraba “clínicamente estable” y en “buen estado general”. Asimismo, refirieron que sus patologías eran tratables y que, por tal razón, podía permanecer detenida en la unidad.
15-abr-2020Comisión de cárceles (reg. N° 389 y causa N° 19607)El Complejo Penitenciario Federal de la C.A.B.A. no contaba con los suficientes alimentos ni insumos de higiene y limpieza. Frente a la situación de emergencia sanitaria, los representantes de la Comisión de Cárceles promovieron una acción de hábeas corpus en favor de las personas alojadas en esa unidad. El juzgado requirió informes al complejo para corroborar la situación denunciada. Recibida la respuesta, rechazó la acción sin realizar la audiencia prevista en el artículo 14 de la ley N° 23.098. Para decidir de esa manera sostuvo que no había existido un agravamiento arbitrario de las condiciones de detención. Contra esa decisión, la Comisión de Cárceles interpuso un recurso de apelación, que fue rechazado. Por ese motivo, interpuso un recurso de casación. En esa oportunidad expresó su disconformidad con los informes aportados por el servicio penitenciario. Por su parte, la Procuración Penitenciaria de la Nación presentó un informe de monitoreo de la unidad y requirió constituirse como amicus curiae.