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FechaTítuloResumen
14-feb-2017P?tra?cu v. RumaníaEn febrero de 2007, en el marco de una investigación policial por tráfico de estupefacientes, un oficial encubierto se acercó a una persona en un club nocturno y le preguntó si podía conseguir drogas. Ante el pedido, este sujeto expresó que podría conseguirlas y que lo llamaría luego. En abril de ese año, el fiscal para la investigación del crimen organizado inició un proceso judicial para la investigación de ese delito. A su vez, el juez del condado autorizó la intercepción del teléfono del imputado. Ese mismo día, el fiscal autorizó el uso de un agente encubierto para determinar los hechos del caso, identificar a los delincuentes y obtener prueba. Luego de que el oficial encubierto se comunicara en reiteradas oportunidades con la persona investigada, se coordinó la entrega de los estupefacientes. En esa oportunidad, el fiscal y diez policías intervinieron y arrestaron al imputado, que fue procesado y condenado a la pena de seis años de prisión por tráfico de estupefacientes. La condena se fundó –principalmente– en las conversaciones telefónicas grabadas. La decisión fue apelada. La Cámara de Apelaciones y, posteriormente, el Alto Tribunal de Casación y Justicia consideraron que al momento de autorizar la operación encubierta existían motivos serios de sospecha y rechazaron la impugnación.
23-feb-2018GRBA v. CroaciaGRBA fue identificado por las autoridades croatas como vendedor de euros falsos en el marco de una investigación por falsificación de moneda. El fiscal solicitó al juez que autorizara ciertas medidas probatorias, entre ellas, la intervención de la línea telefónica de GRBA y la actuación de agentes encubiertos. Un policía contactó a GRBA en modo encubierto y le compró 100 euros falsos. Luego de ese encuentro, siguieron en contacto y mantuvieron algunas reuniones más. Entonces, otro agente contactó a GRBA bajo el pretexto de comprar 60.000 euros falsos y lo arrestó. GRBA fue acusado de falsificar moneda en cuatro oportunidades. Se declaró inocente de tres hechos, pero responsable del último y explicó que, en esa ocasión, había cedido ante la incitación de la policía. Los agentes encubiertos indicaron que no podían afirmar quién había iniciado las conversaciones ni los motivos por los que no detuvieron al peticionario en la primera oportunidad que tuvieron. La Corte Municipal condenó a GRBA. El peticionario recurrió la condena y la Corte del condado anuló la decisión y remitió las actuaciones a primera instancia para que sean reexaminadas. La Corte Municipal volvió a dictar una sentencia de condena y los tribunales superiores confirmaron la decisión.