Buscar por Juez/a María Gabriela López Iñiguez
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| Fecha | Título | Resumen |
|---|---|---|
| 9-nov-2023 | Gonsález (Causa N° 9178) | En Salta, un hombre le había ofrecido a una adolescente de 17 años perteneciente a la comunidad originaria diaguita calchaquí cuidar a sus dos hijas menores de edad en la Capital Federal. Así, le propuso trasladarse a un lugar con mejores prospectos. Cuando llegó, la explotó laboralmente por un lapso de, aproximadamente, un año y medio. La adolescente trabajó sin descanso en el cuidado de las niñas, la limpieza de la casa y la cocina, en condiciones de hacinamiento. No fue escolarizada. El hombre la violó. Producto de la violación, quedó embarazada y tuvo una hija. |
| 14-sep-2026 | Andia Ormeño (Causa N° 20197) | Un hombre se encontraba privado de su libertad por un delito vinculado a la ley de estupefacientes. Luego de dos años detenido bajo el régimen penitenciario general, el Servicio Penitenciario Federal lo incorporó al Sistema Integral de Gestión para Personas Privadas de la Libertad de Alto Riesgo (SIGPPLAR). La defensa técnica instó el control judicial de la decisión administrativa y cuestionó la constitucionalidad de la resolución 35/2024 del Ministerio de Seguridad de la Nación que implementó el SIGPPLAR. Sin embargo, el tribunal interviniente rechazó los planteos. Contra esa decisión, la defensa presentó un recurso de casación que, por mayoría, fue rechazado por la Cámara Federal de Casación Penal. Luego, la autoridad penitenciaria llevó a cabo una nueva evaluación y mediante las Actas N° 12/2026 y 141/2026 dispuso que el hombre debía permanecer en el régimen de alto riesgo. En consecuencia, la defensa instó nuevamente el control judicial de las actas y solicitó que se declarara la inconstitucionalidad del régimen. Entre sus argumentos, sostuvo que la decisión del SPF resultaba arbitraria, genérica y no había ponderado la evolución institucional de su asistido. En ese sentido, señaló que el régimen especial violaba el principio de resocialización y no sostenía una metodología estable para determinar los niveles de riesgo. Por su parte, el representante del Ministerio Público Fiscal solicitó que no se hiciera lugar a la reedición del planteo de inconstitucionalidad de la Resolución N° 35/2024 oportunamente resuelto. Sin embargo, consideró que la reevaluación llevada a cabo por el Servicio Penitenciario Federal privilegiaba elementos negativos y omitía datos favorables de la evolución institucional. De esa manera, concluyó que debía declararse la nulidad de las Actas N° 12/2026 y N° 141/2026, y excluir a la persona detenida del régimen de alto riesgo. |
