Buscar por Tribunal Juzgado Nacional de Ejecución Penal Nº 2
Mostrando resultados 1 a 3 de 3
Fecha | Título | Resumen |
---|---|---|
1-abr-2020 | Dimeglio (causa n°48146) | Un hombre había sido condenado a la pena de dos años de prisión por el delito de robo simple. Además, había sido declarado reincidente. El hombre se encontraba alojado en el Complejo Penitenciario Federal V de Senillosa, donde estudiaba, trabajaba, no registraba sanciones y se hallaba en la fase de consolidación de su tratamiento penitenciario. Su defensa solicitó la aplicación del estímulo educativo y la reducción en un mes del plazo previsto para su avance en la progresividad del régimen penitenciario. En febrero de 2020 el juzgado hizo lugar al pedido y fijó el 18 de abril del mismo año como fecha de cumplimiento del requisito temporal previsto para acceder a la libertad asistida. Luego, el consejo correccional del complejo penitenciario se pronunció a favor del egreso anticipado del hombre. A su turno, la fiscalía se expidió de forma positiva al pedido. |
3-abr-2020 | Cepeda (causa n°27531) | Un hombre había sido condenado a la pena de tres años y seis meses de prisión por el delito de robo agravado y se encontraba alojado en la Unidad 21 del Servicio Penitenciario Federal. El imputado era portador de HIV y sufría, entre otras cuestiones, de insuficiencia renal e infección respiratoria. Su defensa solicitó que se le concediera la prisión domiciliaria por considerar que su permanencia en un establecimiento penitenciario le impedía tratar de manera adecuada su cuadro. Frente a la declaración de emergencia sanitaria, profundizó su planteo y señaló que su asistido se encontraba en una situación de vulnerabilidad ante un eventual contagio del virus COVID-19. El Servicio Penitenciario Federal elaboró un listado de personas en situación de riesgo de contagio en la cual lo incluyó. A su turno, la fiscalía dictaminó de forma favorable al pedido. |
21-abr-2020 | Leyes (causa N° 3341) | Un hombre de 25 años había sido condenado a la pena de nueve años de prisión por el delito de homicidio. El hombre se alojaba en la Unidad N° 21 del Servicio Penitenciario Federal y tenía una discapacidad visual. Frente a la situación de emergencia sanitaria, su defensa solicitó que se le concediera el arresto domiciliario. El Cuerpo Médico Forense informó que tenía miopía y astigmatismo en ambos ojos, lo que le disminuía su agudeza visual y le permitía deambular pero no leer. Además, la junta evaluadora de la Dirección de Sanidad del SPF indicó que tenía tuberculosis pleural en tratamiento y queratocono bilateral, una enfermedad ocular progresiva e irreversible que producía una pérdida de visión grave. Por último, señaló que debía concederse el instituto solicitado. La Unidad Fiscal de Ejecución Fiscal se expidió de manera favorable al pedido mientras se encontraran vigentes las medidas de prevención por el virus del COVID-19. Por su parte, la Procuración Penitenciaria de la Nación se presentó como amicus curiae para solicitar que se hiciera lugar al planteo. |