Buscar por Tribunal Juzgado Federal de Primera Instancia de la Seguridad Social Nº 1
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Fecha | Título | Resumen |
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29-may-2017 | BPG | Una persona con discapacidad intelectual (Síndrome de Down) solicitó a la ANSES que se le otorgue la pensión derivada del fallecimiento de su padre. El organismo le indicó que, dada la discapacidad que tenía, debía iniciar una curatela para poder percibir el beneficio. En consecuencia, inició una acción de amparo a fin de que se ordene el otorgamiento del beneficio previsional. |
28-jul-2020 | Polanco Familia (causa N° 11633) | Una mujer de nacionalidad dominicana ingresó al país en forma irregular en el año 2011 con dos hijos menores de edad a su cargo. La Dirección Nacional de Migraciones declaró irregular su permanencia en el país, ordenó su expulsión y prohibió su reingreso por el término de cinco años. La mujer impugnó la decisión y señaló que no se le había dado el derecho a regularizar su situación migratoria. El 27 de abril de 2019 la Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal ordenó a la Dirección Nacional de Migraciones que verificara si se acreditaba el supuesto de reunificación familiar. Ante la omisión de respuesta, en febrero de 2020 la actora presentó una solicitud ante la DNM para que dictara la nueva disposición. A raíz de la declaración de emergencia sanitaria, la mujer intentó solicitar ante la ANSeS el Ingreso Familiar de Emergencia. La inscripción no pudo ser llevada a cabo porque ANSeS solicitaba en su formulario que contase con un Documento Nacional de Identidad. Por ese motivo, la defensa interpuso una acción de amparo contra la administración y solicitó que se le otorgase el IFE. La presentación planteaba que la mujer había ingresado al país en 2011 y cumplía con el requisito de residencia en el país no menor a dos años en los términos de lo normado por el artículo 2 del decreto 310/2020. También expresó que esta norma no preveía como requisito la presentación del Documento Nacional de Identidad. |
12-ago-2020 | DSRD (causa N° 11641) | Una mujer de nacionalidad venezolana se encontraba en Argentina desde diciembre de 2018 y tenía un hijo menor de edad a su cargo. Además, había sido víctima de violencia de género por parte del padre de su hijo. La mujer era vendedora ambulante y a raíz de la declaración de emergencia sanitaria se vio privada de trabajar. En ese contexto tuvo la intención de solicitar ante la ANSeS el Ingreso Familiar de Emergencia. Sin embargo, no contaba con un Documento Nacional de Identidad para incorporar en la base de datos de ANSeS y dar inicio a la solicitud. Por otra parte, no cumplía con el requisito de poseer una residencia legal en Argentina no inferior a dos años, conforme lo requerido por el decreto 310/2020. Por ese motivo, la defensa interpuso una acción de amparo contra la administración y solicitó que se le otorgase el IFE y se declarase la inconstitucionalidad del decreto reglamentario. La presentación señaló que el requisito de residencia mínima de dos años era violatoria del derecho a la seguridad social y destacó la extrema vulnerabilidad en la que se encontraba la peticionante. |