Buscar por Tribunal Juzgado Federal de Goya
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| Fecha | Título | Resumen |
|---|---|---|
| 6-jul-2026 | Ramos y otro (causa N° ° 695) | Dos jóvenes, de veinte y veintitrés años, fueron imputados por el delito de tenencia simple de estupefacientes. En su poder se habían secuestrado 3,50 gramos de marihuana. En ese marco, el juzgado dictó la falta de mérito y ordenó la realización urgente de un examen médico y psiquiátrico para determinar la existencia de adicción, secuelas o indicadores de consumo de sustancias. En ese sentido, se invocó el artículo 78 del Código Procesal Penal de la Nación (CPPN). La defensa oficial de uno de los jóvenes interpuso un recurso de reposición con apelación en subsidio. Entre sus argumentos, sostuvo que la medida constituía una pericia médico-psiquiátrica compulsiva que exigía la participación activa del imputado y la revelación de información perteneciente a su esfera íntima. Además, alegó que la imposición del examen vulneraba la garantía contra la autoincriminación reconocida en el artículo 18 de la Constitución Nacional y en instrumentos internacionales aplicables. Por último, argumentó que no se verificaban los presupuestos exigidos por el artículo 78 del CPPN para ordenar de manera obligatoria un examen mental. En ese sentido, destacó que el delito atribuido preveía una pena de uno a seis años de prisión y la persona imputada no encuadraba en ninguno de los supuestos especiales contemplados por esa norma. Por su parte, el Ministerio Público Fiscal no formuló oposición a los agravios planteados por la defensa. |
| 28-jul-2026 | AHG (Causa Nº 5060) | Un hombre tenía VIH, tuberculosis y enfermedad pulmonar obstructiva. A raíz de su cuadro de salud, se le otorgó una pensión no contributiva por discapacidad. Con posterioridad, fue detenido en una unidad penal federal. Debido a la privación de su libertad se le suspendió el pago de la PNC . Ante esa situación, el hombre solicitó a la ANSES y a la ANDIS la reactivación del beneficio, pero no obtuvo respuesta favorable. En consecuencia, el hombre –con el patrocinio de la Defensoría Pública Oficial ante el Juzgado Federal de primera instancia de Goya– inició una acción de amparo contra la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) y, en subsidio, contra la ANSES. En ese marco, solicitó que se ordenara el inmediato restablecimiento del beneficio. Para ello, pidió que se declarara la inconstitucionalidad e inconvencionalidad del artículo 1, inciso “i” del Anexo del Decreto 432/1997, que establece la detención a disposición de la justicia como impedimento para mantener la prestación. En su presentación, alegó que esa reglamentación fijaba una restricción arbitraria y discriminatoria no prevista en la Ley Nº 13478. A su vez, expuso que no se le había realizado una nueva evaluación médica que indicara una mejoría en su estado de salud, una recuperación de su capacidad laboral o la percepción de otra prestación incompatible. Por su parte, la ANSES planteó la falta de legitimación pasiva. En ese sentido, sostuvo que era la Secretaría Nacional de Discapacidad (SENADIS) –continuadora de la ANDIS– la legitimada para intervenir en el proceso. |
