Buscar por Tribunal Juzgado Criminal y Correccional Federal Nº 6

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FechaTítuloResumen
23-sep-2019MPC (causa Nº 3873)Una mujer travesti fue detenida e imputada por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. Durante el proceso de identificación policial no fue tratada de acuerdo a su género autopercibido. Al ser indagada, manifestó que ejercía la prostitución y era consumidora de cocaína. En ese contexto, explicó que utilizaba la sustancia para trabajar. El juzgado dispuso la realización de un informe socioambiental. Del informe se desprendía que la mujer había atravesado su infancia y adolescencia en un contexto de extrema vulnerabilidad económica. En tal sentido, explicó que le había ocultado el género autopercibido a su familia y había tenido dificultad en el acceso a entornos educativos. De ese modo, sostuvo que había trabajado desde los once años y se encontraba en situación de prostitución desde los dieciocho, lo que la había llevado al consumo de sustancias estupefacientes. Por otra parte, señaló que había tenido complicaciones en conseguir una vivienda digna y convivía en un departamento con tres personas. Por último, indicó que había estado expuesta a enfermedades de transmisión sexual y a complicaciones en las prácticas de modificación corporal. El representante del Ministerio Público Fiscal solicitó el sobreseimiento de la imputada por considerar que al momento de los hechos se encontraba en un estado de necesidad disculpante. Además, requirió la intervención de la DOVIC con el fin de que asistiera a la mujer y se la incluyera dentro de los programas integrales destinados a la población trans.
27-abr-2020Poma Choque (causa n° 6356)Un hombre fue procesado con prisión preventiva por el delito de transporte de estupefacientes y se hallaba alojado en el Complejo Penitenciario Federal I de Ezeiza. Frente a la declaración de emergencia sanitaria, su defensa solicitó que se le concediera el arresto domiciliario. En esa oportunidad, sostuvo que la conducta imputada a su asistido encuadraba dentro de los delitos no violentos y que no había existido ningún tipo de resistencia al momento de su detención. Por otra parte, planteó que podía residir junto a su hermano y que era posible, en caso de considerarse necesario, colocarle un dispositivo de vigilancia electrónica. La Dirección de Asistencia de Personas bajo Vigilancia Electrónica del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos elaboró un informe en el que entrevistó a su familia, detalló su contexto socio económico y señaló que se encontraban dadas las condiciones para que el imputado ingresara a su sistema. La fiscalía se opuso al pedido de la defensa por considerar, entre otras cuestiones, que no existían razones excepcionales que justificaran el arresto domiciliario ni una situación actual de riesgo para la salud para el hombre.