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Título : Ñ., N. A.
Fecha: 5-jul-2016
Resumen : En 2014 el tribunal rechazó la solicitud de prisión domiciliaria de una mujer que había sido condenada a la pena de diez años de prisión por el delito de trata de personas. Ello, dado que, a criterio del tribunal, su hija discapacitada se encontraba al cuidado de sus abuelos. Transcurrido un año y medio desde aquella resolución, la defensa realizó un nuevo pedido en mismo sentido. Allí, explicó que el cuadro clínico de la niña se encontraba agravado por la falta de estímulos e incumplimiento del tratamiento indicado que ni sus abuelos ni su padre podían llevar a cabo. En esta oportunidad, el Ministerio Público Fiscal dictaminó favorablemente respecto del pedido.
Argumentos: El Tribunal Oral Federal hizo lugar al planteo y dispuso la prisión domiciliaria de la imputada en los términos de los arts. 10, inc. f) del Código Penal y 32 inc. f) de la ley 24.660. Para arribar a esa conclusión, la jueza de ejecución penal Cabrera de Monella, sostuvo que “…es el interés de la persona discapacitada el que guía el supuesto en cuestión y el mismo se traduce en su derecho a contar con la ayuda, auxilio y contención que atento su incapacidad mejor le permitan el disfrute de una vida plena y digna”. En esa línea, la magistrada refirió que “[las] entidades colaboradoras destacan la necesidad de una ayuda en la casa que sólo la madre puede aportar para hacer disminuir la situación de vulnerabilidad de esta niña discapacitada, aun conociendo las especiales circunstancias delictivas […] De manera tal que no puede soslayarse la opinión técnica de la Asesora de Familia que advierte que […] es tal vez la única referente estable en la vida de su hija y su presencia se constituye en una posibilidad que generaría una referencia afectiva y de sostén para una niña cuyas condiciones son cada vez de mayor vulnerabilidad bio-psico-social tanto por los componentes de tipo familiares, como sociales, culturales, etc…”. En razón de lo indicado, la jueza concluyó que “…la recomendación del Ministerio Público Fiscal y los consejos de las profesionales, adquieren una importancia que no puede desdeñarse, el encargado de proteger los intereses de la sociedad, y las comisionadas de controlar la evolución de personas vulnerables, están abogando por esta solución al considerar que es en beneficio de la niña, en esta excepcional condición”.
Tribunal : Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Comodoro Rivadavia
Voces: TRATA DE PERSONAS
PERSONAS CON DISCAPACIDAD
PRISIÓN DOMICILIARIA
INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO
PRINCIPIO ACUSATORIO
Link de descarga: https://repositorio.mpd.gov.ar/documentos/Ñ, N A.pdf
Aparece en las colecciones: Jurisprudencia nacional

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