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https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/handle/123456789/903
Título : | Chanfreau, Jorge Alberto y otros |
Fecha: | 13-jul-2016 |
Resumen : | En el presente caso, la Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia había revocado la resolución de primera instancia y, en consecuencia, ordenó la libertad de los imputados por delitos de lesa humanidad. Contra esa resolución, el representante del Ministerio Público Fiscal interpuso recurso de casación. |
Argumentos: | La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal rechazó el recurso. Para llegar a esta conclusión, el juez Hornos hizo especial énfasis en el hecho de que la causa no había avanzado en los últimos tres años. Al respecto, indicó que “[e]ste escenario […] conduce a dos observaciones: por un lado, la necesidad de que la investigación avance sin ulteriores dilaciones, a fin de los que hechos puedan ser juzgados en el ámbito correspondiente: el debate oral, cuya ocurrencia no se avizora en el futuro inmediato. Por otro lado, que, en la medida en que los acusados […] han cumplido rigurosamente las medidas cautelares que se les han impuesto y no obra en el expediente ningún elemento que permita inferir –aun mínimamente– un comportamiento sospechoso de su parte que torne verosímil la posibilidad de que pongan en peligro la adecuada administración de justicia”. En este sentido, el magistrado concluyó que el fiscal “…no [había] logrado acreditar que la imposición de una medida cautelar de encarcelamiento resulte razonable y proporcionada en las particulares circunstancias del caso, a la luz de las cuales resultaría necesario […] la constatación de una situación concreta y objetiva de riesgo procesal”. Por su parte, el juez Gemignani, en su voto concurrente, explicó que “…si bien […] no puede perderse de vista la gravedad del contexto y de los hechos que caracterizó el funcionamiento de la maquinaria estatal de represión y aniquilamiento de los elementos subversivos durante el último golpe institucional en nuestro país y el imperativo internacional de que sus responsables sean juzgados y sancionados, lo cierto es que ello no puede jamás conllevar la supresión de los derechos y garantías que le asisten a todo imputado o una interpretación diferente y más perjudicial a los intereses de los encausados a la legalmente establecida. Ello, sino, implicaría la violación a los principios constitucionales de legalidad formal, máxima taxatividad interpretativa, in dubio pro reo, pro homine…”. |
Tribunal : | Cámara Federal de Casación Penal, Sala IV |
Voces: | DELITOS DE LESA HUMANIDAD EXCARCELACIÓN RIESGOS PROCESALES PELIGRO DE FUGA |
Link de descarga: | https://repositorio.mpd.gov.ar/documentos/Chanfreau, Jorge Alberto y otros.pdf |
Aparece en las colecciones: | Jurisprudencia nacional |
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