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https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/handle/123456789/816
Título : | ADS |
Fecha: | 12-abr-2016 |
Resumen : | Una persona había sido imputada penalmente por desobedecer una orden judicial de restricción de contacto impuesta en sede civil. Para resolver la causa, solicitó la suspensión del juicio a prueba. Durante la audiencia, el fiscal advirtió que existía una denuncia contra el imputado por hechos presuntamente constitutivos de violencia de género en trámite ante otro tribunal. El fiscal pidió la suspensión de la audiencia para certificar el estado de las actuaciones. La jueza rechazó la solicitud y exigió al fiscal que dictamine en ese acto. El representante del MPF se opuso a la concesión de la probation por aplicación del precedente “Góngora” de la CSJN y, en consecuencia, el juzgado correccional rechazó el pedido. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. |
Argumentos: | La Sala 1 de la CNCCC, por mayoría, hizo lugar al recurso. “[L]a posición del Ministerio Público fiscal es determinante para la aplicación del instituto pero que, al mismo tiempo, control negativo de legalidad mediante, no puede ligar al órgano jurisdiccional una opinión fiscal que no sea derivación de los hechos de la causa o del derecho de aplicación al caso, convirtiéndola en arbitraria, irrazonable o infundada. [E]l análisis de razonabilidad y fundamentación del dictamen fiscal debe ceñirse a las circunstancias presentes al momento en que le tocó expedirse, oportunidad en la cual aquellas actuaciones, hoy fenecidas, se encontraban en pleno trámite. [L]a valoración de la existencia de procesos paralelos en trámite en contra del imputado es un criterio pertinente para oponerse a la suspensión del proceso a prueba, en tanto se trata de un dato objetivo cuya prescindencia podría afectar la regla concursal contenida en el art. 55, CP. [L]a aplicación de esta norma a un caso concreto no está condicionada a que se trate de eventos investigados en el marco de un mismo proceso, sino que se torna ineludible en relación a todos los hechos delictivos independientes reprimidos con la misma especie de pena, cometidos por una misma persona y pendientes de ser juzgados […] con independencia del órgano o sede ante el cual se encuentren sometidos a conocimiento. [A]dvierto también que la opinión volcada por el representante del Ministerio Público fiscal se vio condicionada por la arbitraria actuación de la jueza en el marco de la audiencia, [que había privado] injustificadamente al fiscal la posibilidad de certificar el estado procesal de las denuncias de las que tomó conocimiento en ese mismo acto, obligándolo a emitir opinión en torno a la procedencia de la suspensión del juicio a prueba sobre la base de una información incompleta que le impidió ejercer de manera correcta y acabada su ministerio. [L]a denegatoria de la probation se sustentó en la presunta existencia de un trasfondo fáctico vinculado con cuestiones de violencia de género que no fue alegado por la fiscalía, y en virtud de lo cual consideró la magistrada que el caso debía ser resuelto a la luz de la doctrina de ‘Góngora’; es decir, se incorporó un argumento no discutido en el curso de la audiencia y que, en líneas generales determinó la opinión de la jueza al resolver” (voto del juez Bruzzone, con el que concurrió la jueza Garrigós de Rébori). “[N]o es posible sustentar la no concesión del beneficio sobre la base de la doctrina sentada en el fallo ‘Góngora’, si este planteo no fue esgrimido por el acusador en la audiencia, brindando así la posibilidad a la contraparte de abundar sobre el punto” (voto concurrente de la jueza Garrigós de Rébori). |
Tribunal : | Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional, Sala I |
Voces: | SUSPENSIÓN DEL JUICIO A PRUEBA OPOSICIÓN FISCAL CONTROL DE LEGALIDAD CONTROL DE RAZONABILIDAD DERECHO DE DEFENSA VIOLENCIA DE GÉNERO |
Jurisprudencia relacionada: | https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/simple-search?query=Molina (causa Nº 67957) https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/simple-search?query=Ramos León (reg. N° 2682 y causa N° 67322) |
Link de descarga: | https://repositorio.mpd.gov.ar/documentos/ADS.pdf |
Aparece en las colecciones: | Jurisprudencia nacional |
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