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Título : OMÁ
Fecha: 2-mar-2016
Resumen : La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional había sido consultada por el tribunal de origen en los términos del artículo 348 CPPN para que se expida sobre el pedido de sobreseimiento formulado por el fiscal luego de que la querella requiriera la elevación a juicio.
Argumentos: La Cámara, por mayoría, resolvió que correspondía dar cumplimiento con lo dispuesto por el fiscal general ante la cámara de apelaciones, quien dictaminó que correspondía elevar la causa a juicio. Para decidir de este modo, la jueza López González advirtió que “[u]na vez que se pronuncia el Fiscal General que actúa ante la cámara de apelaciones, llevando a cabo el control, interno del Ministerio Público Fiscal, el juez podrá resolver […] sin haber emitido opinión al respecto preservando de esa forma su imparcialidad […] permitiéndole al acusador particular, querellante, ingresar a la etapa de juicio sin perjuicio de la opinión de los representantes de la acusación oficial. Y, frente a un pronunciamiento que sobresea el caso, eventualmente, se habilitará la vía recursiva sin que este tribunal haya tenido que comprometer, para esta etapa, opinión”. En ese orden, el juez Rimondi agregó: “la elevación en consulta debe ser inmediata […] ante la mera comprobación objetiva del disenso de criterio entre los acusadores […] por lo que su validez puede darse por indiscutida, más allá de cuál debe ser el órgano que evalúe el criterio desvinculatorio del agente fiscal. En esta línea […] obvio resulta decir que es el fiscal general el encargado de revisar la postura de su colega de grado”. El juez Pinto, en disidencia, entendió que “…esta intervención del Tribunal tiene el serio inconveniente de que al evacuar la consulta podría entenderse que queda sin sentido lo previsto en el art. 349 del [CPPN]. Para sortear este dilema […] resulta necesario considerar que la consulta sólo tiene como fin evaluar la razonabilidad del requerimiento de la querella de forma tal de preservar, en su caso, el derecho de contradecir esta postura por parte de la defensa”. En tal sentido, el juez citado afirmó que “...la incorporación del informe pericial caligráfico […] desvirtúa la hipótesis que sostiene la querella en su denuncia acerca de la elaboración espuria del documento cuestionado, [por lo que] entiendo que no existen elementos suficientes para la realización del juic[i]o, de forma tal que el pedido de elevación realizado por la querella no luce razonable”.
Tribunal : Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, sala V
Voces: MINISTERIO PÚBLICO FISCAL
SOBRESEIMIENTO
QUERELLA
GARANTÍA DE IMPARCIALIDAD
AUTONOMÍA
RAZONABILIDAD
REQUERIMIENTO DE ELEVACIÓN A JUICIO
Link de descarga: https://repositorio.mpd.gov.ar/documentos/OMÁ.pdf
Aparece en las colecciones: Jurisprudencia nacional

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