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Título : IEF (Causa N° 66068)
Fecha: 6-jul-2026
Resumen : Un menor de edad fue imputado como autor del delito de encubrimiento agravado por la procedencia ilícita de los bienes y el ánimo de lucro. El hecho afectó a un hombre. Entonces, el joven y el damnificado arribaron a un acuerdo conciliatorio. El adolescente le pidió disculpas y se comprometió a no volver a cometer un hecho ilícito. La víctima aceptó las disculpas y manifestó su voluntad de finalizar el proceso.
Decisión: El Tribunal Oral de Menores N° 1, de manera unipersonal, homologó el acuerdo de conciliación, declaró extinguida la acción penal y sobreseyó al joven (juez Perelmuter).
Argumentos: 1. Régimen penal juvenil. Tratados internacionales. Convención sobre los derechos del niño. Justicia restaurativa. Medidas alternativas de resolución de conflictos. “[T]ratándose de un proceso seguido contra una persona menor de edad al momento del hecho, resultan de aplicación los estándares internacionales específicos en materia de justicia penal juvenil, que imponen privilegiar medidas no privativas de libertad y soluciones restaurativas, conforme la Convención sobre los Derechos del Niño, las Reglas de Beijing y la Observación General N° 24 del Comité de los Derechos del Niño”.
Tribunal : Tribunal Oral de Menores Nro. 1
Juez/a: David Perelmuter
Voces: CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO
JUSTICIA RESTAURATIVA
MEDIDAS ALTERNATIVAS DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS
RÉGIMEN PENAL JUVENIL
TRATADOS INTERNACIONALES
Aparece en las colecciones: Jurisprudencia nacional

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2026_7_6 - TOM 1 - IEF - CONCILIACIÓN - CARTA DE DISCULPAS (testada).pdfSentencia completa74.84 kBAdobe PDFVisualizar/Abrir