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Título : Godoy (Causa N° 3374)
Fecha: 7-mar-2025
Resumen : A partir de una denuncia anónima sobre venta de estupefacientes en un domicilio, la Dirección de Lucha contra el Narcotráfico montó vigilancia durante varios días y observó a personas que se acercaban a una ventana, realizaban un pase de manos y se retiraban. El día del allanamiento se interceptó a un comprador con un envoltorio de cocaína que se dio a la fuga. En el procedimiento se detuvo a una mujer y, días después, al hombre que se había dado a la fuga. En la audiencia de formalización, la fiscalía solicitó la prisión preventiva de ambos con fundamento en sus condenas previas. La defensa se opuso, cuestionó la solidez de la imputación y pidió las medidas de los primeros incisos del art. 210 CPPF.
Decisión: El juez dispuso la excarcelación de ambos imputados. Sostuvo que la probabilidad de que una persona eluda la acción de la justicia es directamente proporcional a la gravedad del hecho y a la solidez de la imputación, y que en el caso esa solidez lucía endeble a la luz de las cantidades secuestradas. Aun cuando no podía dejar de valorar las condenas previas, entendió que la prisión preventiva resultaba excesiva y que también lo era el arresto domiciliario. Impuso en su lugar la promesa de someterse al proceso, la prohibición de salida del país y el deber de mantener domicilio informado (art. 210, incs. a, b y d, CPPF).
Tribunal : Oficina Judicial de Mendoza
Voces: ANTECEDENTES PENALES
EXCARCELACIÓN
RIESGOS PROCESALES
VALORACIÓN DE LA PRUEBA
Aparece en las colecciones: Jurisprudencia nacional

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