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https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/handle/123456789/6400| Título : | MAS (Causa N° 1965) |
| Fecha: | 19-may-2022 |
| Resumen : | Un hombre había sido contratado para cortar el pasto en un terreno de la ciudad de Mercedes, provincia de Corrientes. El dueño del terreno había pedido que el terreno quedara limpio, a fin de evitar incendios dada la emergencia ígnea decretada por las autoridades locales. Sin embargo, el jardinero inició una quema para deshacerse del abundante pastizal seco producto de una sequía generalizada del verano. El viento que soplaba en ese momento hizo que el fuego se expandiera a una vivienda cercana. Por tal motivo, intervino el Cuerpo de Bomberos Voluntarios que, luego de sofocar el foco, constató daños en un portón de madera vecino. Por ese hecho, el hombre fue acusado de incendio culposo. En la etapa de juicio, se suscribió un acuerdo de juicio abreviado que fue presentado para su homologación. |
| Decisión: | El Juzgado de Garantías de la III Circunscripción Judicial de Mercedes homologó el acuerdo de juicio abreviado y condenó al jardinero a la pena de seis meses de prisión de ejecución condicional por el delito de incendio culposo (jueza López Rivadeneira). |
| Argumentos: | 1. Contaminación. Tipicidad. Responsabilidad objetiva. Negligencia. Prueba. “La configuración del delito requiere la existencia de un fuego que se caracteriza por su expansibilidad que en sí mismo es incontrolable aunque pueda ser controlado por una particular acción humana; como en el presente caso que fue sofocado por el accionar del cuerpo de bomberos. En el presente caso la expansibilidad del fuego se encuentra demostrada por la emergencia ígnea existente en la provincia que fue de público conocimiento. Habiendo sido receptada por el órgano municipal que dictó la ordenanza N° 1334/22 del 18/01/2022 que declaraba la emergencia agropecuaria, económica y social en la ciudad de Mercedes por el término de 12 meses. Disposición que también fue inobservada por el imputado. También se constata a través de lo informado por el Jefe del Cuerpo de Bomberos, quien señaló que el terreno donde se inició el fuego presentaba abundante pastizal seco producto de la sequía generalizada del verano, y sumado al viento que había, propiciaban que el fuego tome dimensiones mayores”. “El tipo objetivo del delito analizado implica la causación culposa del incendio, debiendo existir una relación directa entre la violación del deber objetivo de cuidado y el resultado del incendio. Aquí observamos un accionar absolutamente irresponsable y negligente del imputado de iniciar una quema de pasto, el cual se encontraba seco de acuerdo a la situación climática imperante, fuego que se propagó hacia el inmueble lindero. Por actuación del cuerpo de bomberos éste fue sofocado y se evitó que el peligro se acreciente. El delito debe reputarse como consumado por ser un delito de peligro concreto, es decir que se consuma al verificarse una efectiva situación de peligro corrida, circunstancia que se encuentra acreditada por las pruebas reseñadas en el punto anterior”. |
| Tribunal : | Juzgado de Garantías de la III Circunscripción Judicial de Mercedes, provincia de Corrientes |
| Juez/a: | Margarita Stella López Rivadeneira |
| Voces: | CONTAMINACIÓN NEGLIGENCIA PRUEBA RESPONSABILIDAD OBJETIVA TIPICIDAD |
| Aparece en las colecciones: | Jurisprudencia nacional |
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| Incendio culposo (2022)(Corrientes) (1).pdf | Sentencia completa | 587.81 kB | Adobe PDF | Visualizar/Abrir |
