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https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/handle/123456789/6292| Título : | Lazo (Causa N° 31249) |
| Fecha: | 12-feb-2025 |
| Resumen : | Un hombre fue detenido e imputado por el delito de robo agravado por el uso de arma de fuego en grado de tentativa en concurso real con tenencia ilegítima de arma de guerra que concurre idealmente con el delito de encubrimiento. El imputado tenía tres hijos menores de cinco años. En este contexto, su defensa solicitó la prisión domiciliaria. El tribunal, sin haber dado intervención al asesor de menores, rechazó el pedido. Entre sus argumentos, consideró los riesgos procesales existentes atento a la pena en expectativa y la gravedad y violencia de los hechos. Además, si bien constató que el detenido tenía tres niños menores, entendió que la detención del imputado no había agravado sus situaciones. Contra esa resolución, la defensa interpuso un recurso de casación. |
| Decisión: | La Sala de Turno de la CNCCC anuló la resolución impugnada y remitió las actuaciones al tribunal de origen para que dicte un nuevo pronunciamiento con la intervención del Asesor de Menores (jueces Bruzzone y Jantus). |
| Argumentos: | 1. Prisión domiciliaria. Interés superior del niño. Asesor de Menores. Convención sobre los Derechos del Niño. “[E]n la medida en que el tribunal oral no recabó la opinión del Asesor de Menores, corresponde declarar la nulidad del trámite de arresto domiciliario […]. [C]abe señalar que uno de los paradigmas de la Convención sobre los Derechos del Niño es que sean tratados como sujetos de derecho y no como objetos, lo que conlleva la necesidad de darles intervención en el trámite del caso y, en consecuencia, contar con el dictamen de la defensoría que los representa”. “[S]e observa que el fundamento del arresto domiciliario peticionado por la defensa no es la situación de quien se encuentra procesado sino, específicamente, la de sus hijos menores de edad, de modo que si, se pretende hacer valer su interés superior -cfr. la Observación General n°14 y el art. 12 de la Convención sobre los Derechos del Niño-, no resulta posible evaluar el mérito del asunto sin escucharlos previamente”. |
| Tribunal : | Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional, Sala de turno |
| Juez/a: | Gustavo Alfredo Bruzzone Pablo Jantus |
| Voces: | ASESOR DE MENORES CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO PRISIÓN DOMICILIARIA |
| Aparece en las colecciones: | Jurisprudencia nacional |
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