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Título : Peñaloza (Causa N° 24113)
Fecha: 25-jun-2025
Resumen : Un hombre cumplía una pena privativa de la libertad. En ese marco, su defensa requirió que se le concediera la prisión domiciliaria en los términos del art. 10, inc. f, CP. En ese sentido, explicó que su presencia en el domicilio resultaba fundamental para el bienestar de sus hijos menores de edad. El tribunal, sin haber dado intervención al asesor de menores, rechazó el pedido. Frente a eso, la defensa interpuso un recurso de casación.
Decisión: La Sala 4 de la CFCP rechazó el recurso de casación (jueces Borinsky, Hornos y Carbajo).
Argumentos: 1. Asesor de menores. Recurso de casación.
“[E]n cuanto al agravio referido a que el a quo resolvió sin contar con el dictamen del Defensor Público de Menores, cabe agregar que ello ha sido subsanado por la intervención del defensor a cargo de la Unidad Funcional para la Asistencia de Menores de 16 años […] ante esta instancia” (voto del juez Borinsky al que adhirieron los jueces Hornos y Carbajo). “Llevo dicho que en casos como el de autos, corresponde la intervención del órgano que se encuentra en condiciones de alegar objetivamente sobre qué es lo mejor para atender el interés de los niños que ha sido invocado en sustento del requerimiento, esto es, la Defensoría Pública de Menores e Incapaces […]. [R]esulta ineludible la intervención de la Defensoría Pública de Menores e Incapaces, en el adecuado resguardo del derecho a ser oído del niño en tanto la cuestionada intervención estatal la ha separado –en el caso– de su padre y el pedido de prisión domiciliaria es efectuado principalmente en su nombre (artículo 12 CDN), pues es aquel el órgano que se encuentra en condiciones de alegar, objetivamente y de un modo no condicionado, sobre el punto, en tanto debe intervenir ‘en todo asunto judicial o extrajudicial que afecte la persona o bienes de los menores o incapaces' u puede ‘entablar en defensa de éstos las acciones y recursos pertinentes’ (art. 54 de la ley 24.946). […] En el presente caso se ha dado intervención al Asesor de Menores ante esta instancia […] en representación de los intereses de ATRG de 16 años, IDRG de 17 años, CJPG de 4 años, EAPG de 1 año quien solicitó que se haga lugar a la prisión domiciliaria…” (voto concurrente del juez Hornos).
Tribunal : Cámara Federal de Casación Penal, Sala IV
Juez/a: Gustavo M. Hornos
Mariano Hernán Borinsky
Javier Carbajo
Voces: ASESOR DE MENORES
RECURSO DE CASACIÓN
Aparece en las colecciones: Jurisprudencia nacional

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