Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem:
https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/handle/123456789/5928
Título : | Schioppa (Causa N° 1661) |
Fecha: | 18-jul-2025 |
Resumen : | Tres personas fueron denunciadas de haber presentado comprobantes falsos en sus declaraciones juradas de 2009 y 2010, con un perjuicio estimado en $1.525.737 y $1.552.258, respectivamente. Por esos hechos, las personas fueron imputadas por el delito de evasión agravada del impuesto a las ganancias, de conformidad con el artículo 2 inciso a) de la Ley N°24.769 de Régimen Penal Tributario. De forma posterior, se aprobó la Ley N°26.735 que incorporó como agravante autónomo del delito de evasión tributaria el uso de comprobantes apócrifos. En abril de 2017, en el marco del proceso, se dispuso la citación de las partes a juicio en los términos del artículo 354 del CPPN. Asimismo, en diciembre de 2017, se aprobó y entró en vigencia la Ley N°27.430 que aumentó a $15.000.000 el perjuicio mínimo para aplicar la figura agravada del delito de evasión agravada. En 2024, el tribunal oral declaró la inconstitucionalidad de la pena mínima establecida por el delito de evasión agravada. Contra esa decisión, la querella interpuso un recurso de casación, al que la Cámara Federal de Casación Penal le hizo lugar. Entonces, la defensa presentó un recurso extraordinario federal que, una vez denegado, motivó la interposición de un recurso de queja. En 2025, la Corte Suprema de Justicia de la Nación devolvió el expediente al tribunal de origen por considerar que se debía resolver si la acción penal estaba prescripta. De forma posterior, el tribunal oral rechazó la prescripción y, contra esa decisión, las defensas interpusieron recursos de casación. |
Decisión: | La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar a los recursos de casación interpuestos por las defensas de las personas imputadas y remitió las actuaciones al tribunal de origen para que dictase un nuevo pronunciamiento de conformidad con lo resuelto (voto del juez Borinsky al que adhirieron los jueces Carbajo y Hornos). |
Argumentos: | 1. Evasión fiscal. Régimen penal tributario. Ley penal más benigna. Prescripción. “[C]on posterioridad a la fecha de comisión de los hechos investigados la Ley 24.769 fue modificada mediante la sanción de la Ley 26.735, cuya aplicación retroactiva no viene propiciada como más benigna, ni tampoco se advierte. Ahora bien, no puede soslayarse que con fecha 30 de diciembre de 2017, entró en vigencia la ley 27.430 [que instauró] como monto mínimo para que pueda configurarse el delito de evasión simple, la suma de $ 1.500.000 por cada tributo y por cada ejercicio […]. En lo que respecta a la hipótesis agravada en función del monto evadido -art. 2 inc. ’a’ se elevó a la suma de $15.000.000”. “[L]a conducta reprochada a [las personas imputadas] ya no puede ser calificada con la agravante referida al monto evadido y debe ser reexaminada bajo la configuración típica de la evasión simple. De adverso a lo sostenido por el tribunal oral, no resulta posible considerar que las conductas reprochadas a los imputados puedan ser subsumidas en la agravante [del inc. D] pues de la lectura de la intimación y del requerimiento de elevación a juicio no surge que se les haya atribuido una maniobra evasiva mediante la utilización de facturas apócrifas […] ni mucho menos una maniobra evasiva mediante la utilización de facturas apócrifas por sumas superiores a $ 1.500.000…”. “[L]os hechos fueron calificados en el procesamiento y en la elevación a juicio en los términos del artículo 2 inciso ‘a’ de la Ley 24.769 -según redacción vigente al momento de los hechos- sin que los acusadores hayan formulado una imputación alternativa. En virtud de ello, corresponde que el tribunal de origen analice y defina, previa actualización de los antecedentes que pudieran registrar los imputados, si en el sub lite la acción penal se encuentra prescripta…”. |
Tribunal : | Cámara Federal de Casación Penal, Sala IV |
Juez/a: | Gustavo M. Hornos Mariano Hernán Borinsky Javier Carbajo |
Voces: | EVASIÓN FISCAL LEY PENAL MÁS BENIGNA PRESCRIPCIÓN RÉGIMEN PENAL TRIBUTARIO |
Jurisprudencia relacionada: | https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/handle/123456789/3865 |
Aparece en las colecciones: | Jurisprudencia nacional |
Ficheros en este ítem:
Fichero | Descripción | Tamaño | Formato | |
---|---|---|---|---|
Schioppa (Causa N° 1661).pdf | Sentencia completa | 240.21 kB | Adobe PDF | Visualizar/Abrir |