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https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/handle/123456789/5830
Título : | Nadal (Causa N° 40785) |
Fecha: | 30-jun-2025 |
Resumen : | Un joven de 19 años vivía con su madre y siete de sus hermanos y hermanas, de entre 7 y 16 años, uno de ellos con retraso madurativo, en un contexto de vulnerabilidad socioeconómica. Su padre había fallecido y la familia se sostenía con dos pensiones. En ese marco, el joven fue imputado por varios delitos contra la propiedad. Meses más tarde, fue condenado a la pena única de tres años de prisión por esos hechos. Tras la condena, la defensa solicitó que el joven cumpliera la pena en arresto domiciliario, con fundamento en el artículo 210, inciso i), del CPPF, que habilita esta modalidad con o sin vigilancia judicial; y en el artículo 10, inciso f), del Código Penal, que permite concederla cuando la persona tiene a su cargo el cuidado de niños o personas con discapacidad. Entre otras consideraciones, la defensa señaló que el ingreso al sistema penitenciario no resultaba razonable ni beneficioso y que con su permanencia en el hogar podría cuidar a sus hermanos y hermanas menores de edad. Además, aportó como domicilio la casa familiar y a su madre como referente. Ante el pedido, intervino la asesoría de menores, que dictaminó de manera favorable a la concesión del beneficio. |
Decisión: | El Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 5 de la Capital Federal concedió la prisión domiciliaria (juez Grangeat). |
Argumentos: | 1. Prisión domiciliaria. Interés superior del niño. Responsabilidad parental. Analogía. “[No se desconoce] que la ley se refiere ‘a la madre’ de un niño menor de cinco años a su cargo, pero no [se puede] dejar de lado que esa norma ha quedado desfasada frente al contexto sociológico actual, donde padres y madres trabajan y están en un pie de igualdad en la crianza de los menores y, en definitiva, se fundamenta en compatibilizar el interés superior de aquéllos con la pena de prisión, por lo que corresponde realizar una analogía in bonam partem respecto de la exigencia legal del inc. f) del art. 10 del CP”. “[E]l padre del acusado falleció y él es el mayor de los convivientes que podría asistir a sus hermanos, cumpliendo un rol similar al del padre. Desde ya que esto no significa que todos los padres de niños menores de esa edad detenidos –o en este caso, el hermano mayor- deben acceder a la prisión domiciliaria, pero en el caso de [el hombre imputado] se suman otras circunstancias objetivas que acreditan una situación extraordinaria que amerita ser atendida”. “[También se cuenta] con el dictamen del asesor de menores que avala la concesión del beneficio. Y, en este sentido, se evidenció que el rol que [el acusado] podría desarrollar en el domicilio sería fundamental para toda la dinámica familiar. Así, su madre podría acompañar a sus hijos al colegio –que está a nueve cuadras- mientras él se queda al cuidado de sus hermanos de 16 y 15 años, quienes padecen retraso madurativo. También, ayudaría a su madre con la contención emocional de esos menores y le daría tiempo a ella para que pueda quizás solicitar turnos para que estos retomen terapia o realizar alguna actividad que les genere un ingreso extra”. 2. Prisión domiciliaria. Libertad condicional. Principio de reinserción social. “[E]l breve tiempo que debería estar detenido hasta la posible obtención del beneficio de libertad condicional –ocho meses- no justifica su ingreso al sistema penitenciario, que lejos de favorecer su reinserción social podría tener efectos nocivos no sólo en él, sino también en su entorno familiar. Desde esa perspectiva, no [se duda] que el arresto domiciliario será una mejor antesala para su regreso al medio libre y es por ello, que se [le concederá] con control semanal aleatorio del Patronato de Liberados (art. 10, inciso ‘f’ del Código Penal; inciso ‘a’ del art. 32 de la Ley 24.660)”. |
Presentación de la Defensa: | https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/handle/123456789/5829 |
Tribunal : | Tribunal Oral en lo Criminal Nro. 5 de la Capital Federal |
Voces: | ANALOGÍA INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO LIBERTAD CONDICIONAL PRINCIPIO DE REINSERCIÓN SOCIAL RESPONSABILIDAD PARENTAL |
Jurisprudencia relacionada: | https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/handle/123456789/3882 |
Aparece en las colecciones: | Jurisprudencia nacional |
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Nadal (Causa N° 40785).pdf | Sentencia completa | 137.25 kB | Adobe PDF | Visualizar/Abrir |