Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem:
https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/handle/123456789/565
Título : | F, ED c. INSSJP |
Fecha: | 22-jun-2015 |
Resumen : | La actora promovió acción de amparo contra el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados [PAMI] Delegación Paraná, a fin de que se ordene a la demandada la provisión de las prestaciones requeridas por prescripción médica para el tratamiento de su patología de colon. El juzgado de primera instancia hizo lugar a la pretensión de amparo esgrimida y la demandada interpuso recurso de apelación. |
Argumentos: | La Cámara Federal de Apelaciones de Paraná confirmó la sentencia apelada y ordenó a la accionada a prestar el 100% de la cobertura de inmediato, con carácter de urgente, y sin trámites de ningún tipo a su afiliada, mientras así resulte necesario para su tratamiento. Para decidir de este modo, el tribunal sostuvo que "...la mera invocación de la falta de aprobación del medicamento requerido por parte de la Anmat, no alcanza para revocar la sentencia de grado, desde que no ha brindado fundamentos científicos suficientes para demostrar que resulta equivocada la prescripción efectuada por los médicos tratantes de la afiliada, quienes son los únicos responsables de los efectos que la medicación produzcan en su salud de la amparista”. Asimismo, el tribunal consideró que "...el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, es una institución destinada a procurar el pleno goce del derecho a la salud de sus afiliados, con el objeto fundamental de proveer el otorgamiento de prestaciones de salud integrales. En este caso se encuentra involucrado el reconocimiento del derecho a un nivel de vida adecuado y atento a lo prescripto por los profesionales tratantes, y la falta de una prueba terminante en cuanto a los efectos perjudiciales para la amparista, en el caso que nos ocupa, los agravios de la recurrente no son atendibles". Finalmente, la Cámara concluyó que “...atento la existencia de un derecho constitucional a la preservación de la salud -comprendido dentro del derecho a la vida-, era deber de la demandada evaluar el caso personal de la actora, en lugar de adoptar una conducta que se constituyó en una verdadera barrera para la efectiva tutela de los derechos involucrados”. |
Tribunal : | Cámara Federal de Apelaciones de Paraná |
Voces: | ACCION DE AMPARO DERECHO A LA SALUD DERECHO A LA VIDA PAMI INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS |
Link de descarga: | https://repositorio.mpd.gov.ar/documentos/F, ED c. INSSJP.pdf |
Aparece en las colecciones: | Jurisprudencia nacional |
Ficheros en este ítem:
No hay ficheros asociados a este ítem.