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https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/handle/123456789/5602
Título : | Tayar (causa N° 180) |
Fecha: | 13-ago-2024 |
Resumen : | Una persona fue imputada, tanto en carácter personal como en su calidad de responsable de una sociedad anónima, por la tenencia –por recepción o adquisición– de mercadería de origen extranjero, cuyo valor en plaza fue calculado en $9.701.830,53, sin contar con la documentación que respaldara su ingreso al país. El hecho fue calificado como constitutivo del delito previsto en el artículo 874, apartado 1°, inciso d, del Código Aduanero. En la etapa de juicio oral, las partes acordaron la aplicación del instituto de reparación integral. Allí, establecieron el depósito de $38.000.000, distribuidos entre la "Asociación Civil Nuevo Sol" ($2.500.000), la Parroquia "Espíritu Santo" ($2.500.000) y el Ministerio Público Fiscal ($33.800.000). Además, debían abandonar la mercadería en favor de una institución de bien público. El tribunal interviniente homologó el acuerdo. Tras verificar el cumplimiento de los depósitos, el representante del Ministerio Público Fiscal dictaminó que correspondía su sobreseimiento. |
Decisión: | El Tribunal Oral En Lo Penal Económico N° 1 declaró extinguida la acción penal y sobreseyó al gerente y a la sociedad anónima. Además, ordenó que se dispusieran los medios para que la mercadería secuestrada fuera destinada en carácter de donación a una entidad de bien público (juez Zabala). |
Argumentos: | 1. Medidas alternativas de resolución de conflictos. Reparación. “[L]a solución que aquí se alcanza se inscribe en el nuevo paradigma para la resolución de conflictos, el cual admite ante circunstancias particulares la posibilidad de un acuerdo de partes (en el caso la presunta damnificada A.F.I.P./D.G.A. no se ha presentado en el proceso), entre los que se incluye la reparación y la conciliación, sistemas que resultan compatibles con los fundamentos del sistema bilateral del juicio, el cuño acusatorio de la etapa en la que nos encontramos, los límites del contradictorio y las formas sustanciales relativas a la acusación, defensa, prueba y sentencia dictada por los jueces naturales (plasmadas en el art. 18 de la C.N. y referidas en Fallos: 125:10; 127:36; 189 :34; 308:1557; 330 :2658, entre muchos otros)”. |
Tribunal : | Tribunales Orales en lo Penal Económico Nro. 1 |
Voces: | MEDIDAS ALTERNATIVAS DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS REPARACIÓN |
Aparece en las colecciones: | Jurisprudencia nacional |
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Tayar (causa N° 180).pdf | Sentencia completa | 211.12 kB | Adobe PDF | Visualizar/Abrir |