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Título : BO S.A. (Causa N° 26962)
Fecha: 11-jul-2022
Resumen : Con motivo de la quiebra de un banco, se inició un expediente ante la justicia nacional en lo comercial. Luego, se abrió un incidente por la venta de tierras ubicadas en la Puna del norte argentino. Si bien esas tierras estaban inscriptas a nombre de la entidad bancaria, familias indígenas y campesinas las poseían. Con posterioridad, miembros de una comunidad diaguita calchaquí se presentaron en la causa, por lo que la cámara dispuso la suspensión de la venta. De esa manera, tuvo en cuenta lo previsto por la Ley N° 26.160 de Declaración de la Emergencia Nacional en materia de Posesión Comunitaria Indígena. La norma le ordenaba al Instituto Nacional de Asuntos Indígenas la realización de un relevamiento de las tierras de ocupación tradicional indígena. Las familias intervinientes –que integraban una comunidad con personería jurídica– contaban con el patrocinio de la Defensoría Pública Oficial N° 2 y con la colaboración del Programa sobre Diversidad Cultural de la Defensoría General de la Nación. Por su parte, el juez ordenó que se constatara la ocupación de las parcelas. Aunque el juzgado de paz local la llevó a cabo, no brindó información sobre las familias indígenas. En consecuencia, la defensoría impugnó la medida y solicitó un nuevo relevamiento, que fue admitido.
Decisión: El Juzgado Nacional en lo Comercial N° 11 ordenó al Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) la realización de un relevamiento jurídico, técnico y catastral con respecto a la Comunidad Diaguita San Miguel de manera prioritaria en el plazo de seis meses. En ese sentido, le hizo saber que debería garantizar la participación de las partes y a los organismos provinciales competentes. Además, le impuso la obligación de informar el plan de abordaje territorial y el cumplimiento de sus etapas hasta su finalización. Por último, le exigió que presentara la Carpeta Técnica del relevamiento de la Comunidad Unión de Diaguitas y Calchaquíes, junto con la resolución de cierre, el croquis final y el informe histórico-antropológico (juez Saravia).
Argumentos: 1. Pueblos indígenas. Derecho a la tierra. Participación pública.
“En atención a lo solicitado por el Sr. Defensor Oficial en su presentación [...] y teniendo en cuenta la conformidad del síndico en el escrito en despacho, todo ello consistente con lo acordado en la audiencia celebrada en autos [...], requiérase al INAI : [...] Realizar la ejecución del relevamiento jurídico, técnico y catastral en los términos de la Ley Nro. 26.160 –Dec. 805/2021-, Dec. Reglamentario 1122/2007 y Res. INAI 587/07, respecto de la Comunidad Diaguita San Miguel, mediante el nivel de implementación centralizado para el presente caso judicial, en forma prioritaria, sin perjuicio de garantizar la participación de las partes y la que corresponda a los organismos públicos provinciales, en el plazo de seis meses. Informe el plan de abordaje territorial que se prevea y su cronograma de actividades, así como periódicamente el cumplimiento de sus etapas hasta su culminación…”.
Presentación de la Defensa: https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/handle/123456789/5382
Tribunal : Juzgado Nacional en lo Comercial N° 11
Voces: DERECHO A LA TIERRA
PARTICIPACIÓN PÙBLICA
PUEBLOS INDÍGENAS
Aparece en las colecciones: Jurisprudencia nacional

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