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Título : Rachi Nina (causa N° 15846)
Fecha: 10-jul-2024
Resumen : Una persona se encontraba detenida en el marco de una causa penal. Su defensa solicitó la expulsión anticipada. En ese sentido, señaló que su grupo familiar se encontraba en estado de vulnerabilidad socio económica y de salud. También destacó que la persona solía convivir con sus dos hijos y aportar a la economía del hogar. Asimismo, manifestó que sus hijos vivían con su abuela debido a que la madre los había abandonado hacía un año y padecía problemas de salud. Por último, sostuvo que existía disposición migratoria firme y consentida y no tenía sanciones disciplinarias. Por su parte, tanto el Asesor de Menores como el representante del Ministerio Público Fiscal se pronunciaron en favor de lo solicitado.
Decisión: “Habiendo acuerdo de partes, brinda los fundamentos y de manera EXCEPCIONAL corresponde DISPONER el EXTRAÑAMIENTO ANTICIPADO E INMEDIATO DEL PAIS del interno […] POR RAZONES HUMANITARIAS y con prohibición de reingreso a la República Argentina en carácter permanente, conforme art. 63 inc. ‘b’ de la ley 25.871” (juez Matteucci).
Tribunal : Oficina Judicial de Jujuy
Voces: ADULTOS MAYORES
DERECHO A LA SALUD
EXPULSIÓN DE EXTRANJEROS
NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
PRINCIPIO DE INTRASCENDENCIA DE LA PENA
VULNERABILIDAD
Aparece en las colecciones: Jurisprudencia nacional

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