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Título : Retamozo Moza (causa N° 4328)
Fecha: 12-ago-2022
Resumen : Una persona de nacionalidad boliviana había sido condenada a una pena de prisión. El 23/3/2023 cumplía la mitad de la condena. Sin embargo, su defensa pidió su expulsión anticipada. Entre sus argumentos, tuvo en cuenta que la persona era el único sostén de su grupo familiar y sus hijos habían abandonado sus estudios. Por otra parte, destacó que no contaba con antecedentes penales y poseía disposición migratoria firme y consentida que lo declaraba irregular en el país y ordenaba su expulsión. Más allá de que no poseía la mitad de la condena cumplida solicitó que se ordenara su inmediata expulsión del país a Bolivia por razones humanitarias. Por su parte, la representante del Ministerio Público Fiscal acompañó lo solicitado por la defensa.
Argumentos: “[T]eniendo en cuenta que hay acuerdo de partes, y que si bien está en la primera etapa de la pena y que la pena está afectando a terceros [se] concede la expulsión anticipada del penado por razones humanitarias” (jueza Cataldi).
Tribunal : Oficina Judicial de Jujuy
Voces: ANTECEDENTES PENALES
EXPULSIÓN DE EXTRANJEROS
MIGRANTES EN SITUACIÓN IRREGULAR
NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
PRINCIPIO DE INTRASCENDENCIA DE LA PENA
VULNERABILIDAD
Aparece en las colecciones: Jurisprudencia nacional

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