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https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/handle/123456789/524| Título : | SC |
| Fecha: | 14-ago-2015 |
| Resumen : | Uno de los cónyuges solicitó el divorcio unilateral, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 437 del Código Civil y Comercial de la Nación. |
| Argumentos: | El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N° 25 decretó el divorcio de los cónyuges con retroactividad a la separación de hecho, de conformidad con lo previsto en el artículo 480 del Código Civil y Comercial de la Nación. Además, ordenó el traslado de la contrapropuesta por el plazo de cinco días y fijó la audiencia establecida por el artículo 438 del Código Civil y Comercial de la Nación. |
| Tribunal : | Juzgado Nacional Civil Nº 25 |
| Voces: | DIVORCIO VINCULAR SEPARACIÓN DE HECHO TRASLADO AUDIENCIA |
| Link de descarga: | https://repositorio.mpd.gov.ar/documentos/SC.pdf |
| Aparece en las colecciones: | Jurisprudencia nacional |
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