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Título : MMV (Causa Nº 61949)
Fecha: 30-may-2022
Resumen : Un hombre no cumplía con el pago de los alimentos a favor de su hijo menor de edad. Por su parte, la progenitora del niño estaba desempleada y tenía otros hijos a su cargo. En ese marco, la mujer inició un expediente por alimentos. Informó que el demandado contaba con ingresos ya que trabajaba en un comercio. Luego, el juzgado fijó una cuota provisoria. Frente al incumplimiento reiterado, la actora solicitó que se le impusiera al hombre una medida sancionatoria de acuerdo a lo que preveía el artículo 553 del Código Civil y Comercial de la Nación. En concreto, pidió que se embargara la cuenta de Mercado Pago que utilizaba para su actividad comercial y que se retuvieran de allí los fondos correspondientes.
Decisión: El Juzgado de Paz Letrado de Chivilcoy hizo lugar a la medida. En consecuencia, ordenó que se librara un oficio a la empresa Mercado Pago S.A. para que retuviera de la cuenta del demandado la suma en concepto de cuota alimentaria provisoria y la depositara en la cuenta judicial del 1 al 10 de cada mes. A su vez, determinó que se expediría con respecto al embargo solicitado una vez que la acora practicara liquidación (juez Banchero).
Argumentos: 1. Alimentos. Incumplimiento. Medidas conminatorias.
“Respecto de la cuota provisoria fijada, líbrese oficio a Mercado Pago S.A. para que mensualmente retenga de la cuenta del demandado el importe de la misma y lo deposite en la cuenta de autos del uno al diez de cada mes. Respecto del embargo por las cuotas adeudadas, practicada que sea la liquidación respectiva, se proveerá…”.
Tribunal : Juzgado de Paz Letrado de Chivilcoy
Voces: ALIMENTOS
INCUMPLIMIENTO
MEDIDAS CONMINATORIAS
Aparece en las colecciones: Jurisprudencia nacional

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