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Título : D. Luis Castro c. D. José Rodriguez
Fecha: 3-dic-1900
Resumen : El demandado firmó un pagaré a la orden del actor, procedentes de una yerba mate que se comprometió a pagar en el plazo de ocho meses. En el juicio, el deudor reconoció su firma aunque agregó que el pagaré se encontraba prescripto por haber transcurrido 21 años desde la fecha del documento hasta la de la demanda. El juez de Jujuy rechazó la demanda. El accionante apeló.
Argumentos: El 3 de diciembre de 1870, la Corte Suprema de justicia de la Nación confirmó la decisión impugnada. Para decidir de ese modo, el máximo tribunal sostuvo que "...es conforme a la doctrina, que establece el artículo final del Código Civil, que aun antes de la fecha en que debe entrar en vigencia, tiene la autoridad que le da la sanción del Honorable Congreso Nacional, según la que ´las prescripciones comenzadas antes de regir el nuevo Código, están [sujetas] a las leyes anteriores: pero si por esas leyes se requiriese mayor tiempo que el que fijan las nuevas leyes, quedarán sin embargo cumplidas desde que haya pasado el tiempo designado por las nuevas leyes, contado desde el día en que rija el nuevo Código´" (Considerando doce, voto de los jueces del Carril, Delgado, Barros Pazos, Carrasco y Ugarte).
Tribunal : Corte Suprema de Justicia de la Nación
Voces: PAGARÉ
JUICIO EJECUTIVO
VIGENCIA DE LA LEY
REFORMA LEGAL
CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACIÓN
Jurisprudencia relacionada: https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/simple-search?query=La Sociedad Minas y Fundiciones de San Juan c. D. Felix S. Klappenbach
Link de descarga: https://repositorio.mpd.gov.ar/documentos/D. Luis Castro c. D. José Rodriguez.pdf
Aparece en las colecciones: Jurisprudencia nacional

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